Pérdida del régimen fiscal especial de las IIC (RF 15/22 12 de Abril de 2022 al 18 de Abril de 2022)

El momento en que deja de resultar de aplicación el régimen fiscal especial de las IIC que hubieran perdido dicha condición como consecuencia de un acuerdo de la CNMV, de revocación de la inscripción de la entidad en su registro administrativo, debe situarse en el período impositivo en el que se hubieran producido las circunstancias determinantes de dicha revocación, momento en el que deberá entenderse producida la conclusión del periodo impositivo, a efectos del IS.

Pérdida del régimen fiscal especial de las IIC (RF 23/20 02 de Junio de 2020 al 08 de Junio de 2020)

Cuando la CNMV ha adoptado un acuerdo de revocación y cancelación de la inscripción en su Registro de una IIC que ha dejado de presentar la cuentas anuales del ejercicio 2004 (cuyo plazo de presentación era el 30-4-2005), el periodo impositivo en que se dieron las circunstancias determinantes de la resolución de revocación, y al que hay que referir la no aplicación del régimen especial de tributación, es el 2005 y no el 2004.

Imputación de rendimientos de fondos de inversión en liquidación cuando hay pagos parciales

Aunque existan pagos parciales, la pérdida patrimonial derivada de la liquidación de un fondo de inversión se imputa al período impositivo en el que haya finalizado su proceso de liquidación.

Traspaso de participaciones resultantes de la absorción de una SICAV por un fondo de inversión

Dado que la ganancia patrimonial diferida con ocasión de la operación de fusión no puede beneficiarse del régimen de diferimiento por reinversión, el socio o partícipe que efectúe la transmisión u obtenga el reembolso debe efectuar un ingreso a cuenta sobre dicha ganancia patrimonial sujeta a tributación. Adicionalmente, las nuevas participaciones o acciones suscritas o adquiridas como consecuencia de la operación de traspaso, tendrán como valor de adquisición el valor que se haya tenido en cuenta para las acciones de la SICAV en la operación de fusión y como fecha de adquisición la que corresponda a dicho valor.

Modificación del reglamento de desarrollo de la Ley de IIC

Con efectos a partir del 15-2-2015, se modifica el reglamento de desarrollo de la Ley de IIC con el principal objetivo de completar la transposición de la Dir 2011/61/UE, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos, que armoniza, por primera vez, la regulación relativa a los gestores de fondos de inversión alternativa en la Unión Europea.

Modificación del reglamento de desarrollo de la LIIC

Con efectos a partir del 15-2-2015, se modifica el reglamento de desarrollo de la Ley de IIC con el principal objetivo de completar la transposición de la Dir 2011/61/UE, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos, que armoniza, por primera vez, la regulación relativa a los gestores de fondos de inversión alternativa en la Unión Europea.

Ganancias patrimoniales por cambio de residencia

Se regula la tributación para aquellos contribuyentes que pierdan dicha condición por cambio de residencia, conocido como exit tax.

Impuesto sobre sociedades. Inversión bursátil

Tratamiento fiscal de la inversión bursátil.

Opción por el régimen fiscal especial de SOCIMI con posterior cumplimiento de los requisitos

Es posible la opción por el régimen fiscal especial de SOCIMI aún cuando en la fecha del ejercicio de la opción no se cumplan los requisitos en materia de inversión y de negociación en un mercado regulado o en un sistema multilateral de negociación, siempre que dichos requisitos se cumplan dentro de los dos años siguientes a dicha fecha.