Modificaciones del IRPF en Navarra
Se introducen una serie de cambios importantes en relación al IRPF en este territorio.
Se introducen una serie de cambios importantes en relación al IRPF en este territorio.
Se han aprobado una serie de modificaciones relavantes en el ámbito de este impuesto, con diferentes fechas de vigencia, así como el régimen de actualización de balances para acomodarlo a la normativa estatal.
RESUMEN
Entre las modificaciones se destacan los beneficios fiscales para los afectados por las inundaciones acaecidas durante el mes de octubre de 2012 en varias localidades de Aragón; así, podrán disfrutar de tipos reducidos de gravamen, tanto por el concepto de TPO como por el de AJD, aquellos actos, operaciones y documentos públicos dirigidos a la adquisición, financiación, rehabilitación o reparación de las viviendas habituales y locales comerciales total o parcialmente destruidos por el siniestro climatológico.
También se establecen unos beneficios fiscales del 100% en el concepto de TPO en las operaciones de adjudicación de la vivienda habitual al deudor hipotecario como dación en pago de la misma cuando, vinculada a dicha operación, se formalice por las partes la constitución y posterior ejecución de una opción de compra documentada en un contrato de arrendamiento de carácter social que facilite en el futuro la restitución de aquella vivienda al comprador particular en origen
Entre las modificaciones se destacan los beneficios fiscales para los afectados por las inundaciones acaecidas durante el mes de octubre de 2012 en varias localidades de Aragón; así, podrán disfrutar de tipos reducidos de gravamen, tanto por el concepto de TPO como por el de AJD, aquellos actos, operaciones y documentos públicos dirigidos a la adquisición, financiación, rehabilitación o reparación de las viviendas habituales y locales comerciales total o parcialmente destruidos por el siniestro climatológico.
También se establecen unos beneficios fiscales del 100% en el concepto de TPO en las operaciones de adjudicación de la vivienda habitual al deudor hipotecario como dación en pago de la misma cuando, vinculada a dicha operación, se formalice por las partes la constitución y posterior ejecución de una opción de compra documentada en un contrato de arrendamiento de carácter social que facilite en el futuro la restitución de aquella vivienda al comprador particular en origen
Con entrada en vigor el 1-1-2013, se aprueban una serie de modificaciones del ITP y AJD en la Comunidad Autónoma de la Rioja.
Como consecuencia de la modificación del régimen fiscal especial aplicable a las SOCIMI y sus socios para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se modifica asimismo la información que las entidades que hayan optado por la aplicación del referido régimen deben suministrar en la memoria de las cuentas anuales.
Entre las novedades en las deducciones autonómicas del IRPF en Aragón, vigentes desde el 1-1-2013, cabe destacar la aprobación de unas nuevas deducciones por adquisición de libros de texto, por arrendamiento de vivienda habitual y por arrendamiento de vivienda social.
Como consecuencia de la modificación del régimen fiscal especial aplicable a las SOCIMI y sus socios para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se modifica asimismo la información que las entidades que hayan optado por la aplicación del referido régimen deben suministrar en la memoria de las cuentas anuales.
Entre las novedades en las deducciones autonómicas del IRPF en Aragón, vigentes desde el 1-1-2013, cabe destacar la aprobación de unas nuevas deducciones por adquisición de libros de texto, por arrendamiento de vivienda habitual y por arrendamiento de vivienda social.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).