Adaptación de la normativa del IVA en Bizkaia a la normativa del Terrtiroio Común
Se ha procedido a la adaptación de la normativa del IVA en Bizkaia a las modificaciones introducidas en la LIVA por la LPGE para 2014 y en el RDL 1/2014.
Se ha procedido a la adaptación de la normativa del IVA en Bizkaia a las modificaciones introducidas en la LIVA por la LPGE para 2014 y en el RDL 1/2014.
Se regula la utilización del sistema de firma electrónica no avanzada con clave de acceso en un registro previo (PIN24H) para el pago de deudas por el procedimiento de cargo en cuenta a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Se ha procedido a la adaptación de la normativa del IVA en Navarra a las modificaciones que ha experimentado el impuesto a nivel estatal.
La prestación de servicios única de organización de congresos, cuyos destinatarios sean empresarios o profesionales a efectos del Impuesto, quedará sujeta al IVA en el territorio de aplicación del Impuesto cuando la sede de la actividad económica del destinatario del servicio se encuentre en dicho territorio, o tenga en el mismo un establecimiento permanente o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual.
Se ha aprobado la nueva norma reguladora del IRPF en el territorio de Gipuzkoa con efectos desde el 1-1-2014.
Se ha procedido a introducir diversas modificaciones en el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias para su adaptación a diversas modificaciones operadas en la LIGIC.
Se procede a la adecuación de la regulación de las reglas especiales de valoración en caso de traslado de la residencia al extranjero de una sociedad o de transferencia de activos al extranjero de un establecimiento permanente a la jurisprudencia del TJUE.
Se procede a la adecuación de la regulación de las reglas especiales de valoración en caso de traslado de la residencia al extranjero de una sociedad o de transferencia de activos al extranjero de un establecimiento permanente a la jurisprudencia del TJUE.
Se han aprobado las nuevas normas del IRPF en los territorios de Araba y Bizkaia con efectos desde el 1-1-2014.
Se modifica el Reglamento del IRNR para recoger la obligación de declarar en el caso de ganancias patrimoniales de participaciones en fondos de inversión, obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, siempre que la retención practicada fuera inferior a la cuota tributaria que proceda según las normas generales del Impuesto.
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