Novedades en Galicia

Con efectos de 1-1-2013, se modifican algunos de los requisitos para la aplicación de las reducciones por adquisición mortis causa de dinero destinado a la creación o constitución de una empresa o negocio profesional y por donación de dinero para la creación de una empresa o negocio profesional, a la vez que se amplía su aplicación a la adquisición de cualquier tipo de bien destinado a esos fines.

Coeficientes de actualización en las transmisiones de inmuebles

Se aprueban los coeficientes aplicables al valor de adquisición de los inmuebles no afectos a actividades económicas para el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial en las transmisiones efectuadas durante el año 2014.

Reglas especiales de valoración en el Impuesto sobre Sociedades

Se procede a la adecuación de la regulación de las reglas especiales de valoración en caso de traslado de la residencia al extranjero de una sociedad o de transferencia de activos al extranjero de un establecimiento permanente a la jurisprudencia del TJUE.

Nuevos coeficientes de corrección monetaria en el Impuesto sobre Sociedades

Se aprueban los coeficientes de corrección monetaria aplicables para las transmisiones que tengan lugar en los períodos impositivos iniciados durante el año 2014.

Coeficientes de actualización en las transmisiones de inmuebles

Se aprueban los coeficientes aplicables al valor de adquisición de los inmuebles no afectos a actividades económicas para el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial en las transmisiones efectuadas durante el año 2014.

Disolución de una sociedad para saldar la deuda con sus socios

La adjudicación de los bienes a los socios de una sociedad está sujeta a tributación, resultando determinante a efectos del ITP y AJD el valor otorgado a su participación.

Compraventa de inmovilizado entre empresas del grupo

La entidad que debe reflejar en sus cuentas anuales individuales el gasto por impuesto sobre beneficios y el correspondiente pasivo por impuesto diferido que se pone de manifiesto en la operación es la empresa que haya contabilizado el beneficio. No obstante, cada sociedad del grupo debe incluir en la memoria de las cuentas anuales, las diferencias permanentes y temporarias surgidas como consecuencia de la aplicación del régimen de consolidación fiscal, señalando para las temporarias el ejercicio en que se originaron y el momento en que se produce su reversión.

Contabilización de la limitación de gastos financieros

La parte de gastos financieros no deducibles, al poderse compensar en periodos impositivos futuros, tienen la naturaleza de diferencia temporaria deducible.

Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero

A pocos días de finalizar el plazo para la presentación de la declaración de bienes y derechos en el extranjero, siguen llegando multitud de consultas a la DGT.