Rendimientos del trabajo

Entre otras novedades, se revisa la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo y se modifican los porcentajes de retención.

Novedades en la regulación de los sistemas de previsión social

La reforma fiscal adapta los límites financieros de aportación a planes de pensiones a los nuevos límites de reducción en la base imponible del IRPF y establece la posibilidad de disponer anticipadamente del importe de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones con al menos 10 años de antigüedad de determinados instrumentos de previsión social. También se permite la disposición a partir del 1-1-2025 de los derechos consolidados existentes a 31-12-2015.

Rendimientos del capital inmobiliario

Se elimina la reducción para los arrendamientos a jóvenes.

Rendimientos del capital mobiliario

Se ha modificado la LIRPF, afectando, entre otras, a las siguientes cuestiones: tratamiento de la distribución de la prima de emisión de valores no admitidos a negociación en mercados regulados, reducción aplicable a los rendimientos con un período de generación superior a dos años o notoriamente irregulares, porcentajes de retención o ingreso a cuenta, PIAS, rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario y compensaciones fiscales.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

Se eliminan los coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles y se limita la aplicación de los coeficientes de abatimiento.

Sociedades civiles con objeto mercantil

Se establece la tributación de las rentas procedentes de ejercicios en los que la sociedad civil con objeto mercantil tributó por el régimen de atribución de rentas, tanto de la propia sociedad como de sus partícipes, así como la valoración de su participación a 1-1-2016.

Especialidades del ejercicio 2015

Con carácter general se prorrogan para el ejercicio 2015 las medidas temporales de la anterior normativa establecidas para obtener una mayor recaudación.

Empresas de reducida dimensión

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, el régimen fiscal especial de las entidades de reducida dimensión se sigue configurando sobre el importe neto de la cifra de negocios. Como principales novedades, destacamos la eliminación de la escala de tributación característica de estas entidades; la creación de la reserva de nivelación de bases imponibles negativas como mecanismo minorador de la tributación; y la supresión de la deducción por inversión de beneficios, que se sustituye por un nuevo incentivo denominado reserva de capitalización.