Acta notarial: órgano competente para requerir al notario

En caso de consejo de administración, corresponde al propio consejo, como órgano colegiado, adoptar el acuerdo de requerir al notario para que levante acta notarial de la junta, sin que ninguno de sus miembros, ni siquiera el presidente o el consejero delegado, pueda hacer el requerimiento si no cuenta con el previo acuerdo del órgano.

Acta notarial

En caso de convocatoria registral o judicial de la junta a instancia de los socios, éstos pueden pedir a la autoridad convocante (registrador mercantil o letrado de la Administración de Justicia), y no a los administradores -como sería lo propio-, que designe notario que actúe como secretario que levante acta notarial de la junta.

Patrimonio cultural. Galicia

Régimen jurídico urbanístico y territorial del patrimonio cultural gallego.

Exención en el IP de las participaciones en entidades

No es aplicable la exención prevista para las participaciones en entidades, cuando por problemas de liquidez la administradora no ha percibido las retribuciones señaladas en los estatutos, al no quedar acreditada la percepción de las remuneraciones exigidas legalmente.

Documentación de acuerdos sociales

En la certificación del acta de la junta se ha de indicar el resultado de las votaciones con expresión de las mayorías con que se ha adoptado cada uno de los acuerdos.