Se aplica el límite de 42 mensualidades (1.260 días) a la indemnización por despido improcedente de los trabajadores contratados antes del 12-2-2012 siempre que en esa fecha superen los 720 días (24 mensualidades) de indemnización. Estos trabajadores pueden incrementar el tope -hasta las mencionadas 42 mensualidades- computando la antigüedad generada por los tiempos trabajados con posterioridad a 12-2-2012. En suma, el TS parece permitir en el caso de despido improcedente de trabajadores contratados desde el 13-2-1984 hasta el 12-2-1996 alcanzar el tope indemnizatorio de las 42 mensualidades.
Hasta el 1-1-2016 queda aplazada la entrada en vigor de la posibilidad de realizar la actividad autónoma a tiempo parcial y de sus reglas específicas de Seguridad Social.
Se modifica el IRPF en Navarra para rebajar la carga tributaria, actualizar las cuantías a reducir por circunstancias personales y familiares, y establecer medidas que faciliten la sucesión y continuidad en las empresas familiares.
La participación de los empleados públicos en la gestión de la prevención en la Administración general del Estado se modifica, fundamentalmente, en cuanto a la designación y competencias de los delegados y del comité de seguridad y salud.
Como consecuencia del cambio del sistema de autoliquidación de cuotas por el de liquidación directa por la TGSS, desde el 28-12-2014 se adecúan al nuevo sistema determinadas infracciones de los empresarios, trabajadores por cuenta propia y asimilados en materia de Seguridad Social.
Es un programa específico y extraordinario de carácter temporal, dirigido a personas desempleadas de larga duración con responsabilidades familiares que han quedado fuera del ámbito de la protección por desempleo hace al menos 6 meses, y que comprende políticas activas de empleo, actuaciones de intermediación laboral y una ayuda económica de acompañamiento de 6 meses máximos de duración del 80% del IPREM.
La TGSS puede reconocer a determinadas empresas, afectadas por una suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada derivadas de fuerza mayor, la exoneración del pago de hasta el 100% de la aportación empresarial de la cotización por desempleo.