Anulación del nombramiento de un trabajador sin extinción de la relación laboral

Es necesario que se rompa el vínculo contractual con la Administración para que la anulación del nombramiento de un trabajador, por ser declarado nulo el concurso de contratación, produzca los efectos previstos en la doctrina.

Anulación del nombramiento de un trabajador sin extinción de la relación laboral

Es necesario que se rompa el vínculo contractual con la Administración para que la anulación del nombramiento de un trabajador, por ser declarado nulo el concurso de contratación, produzca los efectos previstos en la doctrina.

Nuevo Impuesto sobre el Patrimonio en Bizkaia

Se aprueba el nuevo Impuesto sobre el Patrimonio en este territorio, dado que la anterior Norma Foral que regulaba esta materia fue aprobada con efectos solamente para 2011 y 2012.

Nuevo Impuesto sobre el Patrimonio en Bizkaia

Se aprueba el nuevo Impuesto sobre el Patrimonio en este territorio, dado que la anterior Norma Foral que regulaba esta materia fue aprobada con efectos solamente para 2011 y 2012.

Concepto de operación a efectos de la limitación de pagos en efectivo

En las operaciones de tracto sucesivo, que se refieren a una sola operación continuada en el tiempo, se ha de tener en cuenta la facturación del periodo de tiempo establecido para su liquidación periódica. Pero si se trata de operaciones distintas e independientes, que se recogen en una factura recapitulativa, hay que considerar el límite de 2.500 euros para cada una de las operaciones individuales.

Cese de un directivo por desistimiento

En la relación laboral de alta dirección la extinción del contrato por desistimiento, debe ser un acto claro y evidente que permita al que lo recibe conocer exactamente cual es el acuerdo que se adopta para poder, en su caso, impugnarlo y combatirlo.

Indemnización por la extinción de la relación laboral por voluntad de empleada de hogar tras agresión por parte de sus empleadores

La indemnización que corresponde en caso de extinción contractual por voluntad del empleado debida a incumplimiento contractual del empresario es de 20 días por año de servicio