Nueva normativa del IS en Araba
Se aprueba con efectos 1-1-2014 una nueva norma del IS en Araba.
Se aprueba con efectos 1-1-2014 una nueva norma del IS en Araba.
Desde el 1-1-2014 el derecho a la pensión de jubilación o el retiro de carácter voluntario (RDLeg 670/1987 art.28.2,b) estará condicionado a que los últimos 5 años de servicios computables estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado en los siguientes supuestos en los que para completar los 30 años de servicios exigidos se recurra a los cubiertos en otros regímenes a través del cómputo recíproco de cotizaciones o a los acreditados en otros Estados vía totalización. Quedan al margen de esta exigencia los siguientes colectivos: el personal de la Administración del Estado en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género que, como consecuencia de la superación de los procesos de acceso y promoción regulada en la normativa general de función pública, cambie de régimen de protección social. A tales colectivos para acceder a la jubilación voluntaria se les aplica la normativa vigente a 31-12-2010
Durante el año 2014, las retribuciones del personal laboral al servicio del sector público no pueden experimentar incremento alguno, correspondiendo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas informar favorablemente la cuantía y límite de la masa salarial como requisito previo a la negociación colectiva. Además, la autorización debe tener en cuenta las previsiones de la ley de presupuestos respecto a la minoración del concepto de acción social para lo que se suspenden los convenios, pactos y acuerdos que contengan previsiones en contrario.
Se prorrogan para 2014 los tipos de gravamen vigentes durante 2013 aplicables en la imposición complementaria sobre rentas de los establecimientos permanentes, el tipo general del impuesto y el tipo sobre intereses, dividendos y ganancias patrimoniales.
Con efectos desde el 1-1-2014, se regula el régimen fiscal aplicable a los medios de transporte matriculados en otro Estado miembro, y que sean alquilados a un proveedor de otro Estado miembro por personas o entidades residentes en España, o que sean puestos a disposición de una persona física residente en España por personas o entidades establecidas en otro Estado miembro.
Con efectos 1-1-2014 se regula el procedimiento sancionador para las infracciones administrativas de limitación de pagos en efectivo.
Se han aprobado los nuevos eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la Ley de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Límite de ingresos para tener derecho a los complementos para mínimos y cuantías mínimas y máxima de las pensiones de la Seguridad Social durante 2014
Cuantía de las pensiones del SOVI para 2014
Se crea en la Comunidad Valenciana el impuesto sobre los depósitos en entidades de crédito.
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