Base operativa de una entidad no residente

Constituye EP en España una base operativa de una aerolínea no residente, desde la cual, aunque se realicen actividades auxiliares o preparatorias, también se llevan a cabo actuaciones que coinciden, al menos en parte, con la actividad principal de la casa central.

Establecimiento permanente: consideraciones sobre lugar fijo de negocios e imputación de gastos

La no residente puede utilizar el local a su disposición por medio de otra entidad que desarrolle, por su encargo y bajo su dependencia, actividades económicas que constituyen su objeto social, pudiendo considerarse el lugar donde se encuentre un equipo, en el que una «web site» es almacenada y a través del cual es accesible, como un lugar de negocios fijo. Por otra parte, todos los gastos que se consideren indispensables para la determinación de los beneficios del EP, son una partida deducible.

Deducibilidad de las provisiones técnicas de la sucursal en España de una aseguradora británica

Los gastos relativos a las provisiones técnicas de una sucursal en España, registrados con arreglo a normativa británica, son fiscalmente deducibles hasta el importe de las cuantías mínimas establecidas en las normas españolas.

Tipo de gravamen en el IRNR

A partir del 12-7-2015, disminuye del 20% al 19,5% el tipo de gravamen de la imposición complementaria sobre las rentas de EP de entidades no residentes que se transfieran al extranjero, el de residentes en la UE o EEE y el que grava los dividendos, intereses y ganancias patrimoniales obtenidas en España sin mediación de EP.

Determinación de la renta de un establecimiento permanente en España

Reglas aplicables a la deducción de gastos estimados y rendimientos imputados por operaciones internas entre un establecimiento permanente (EP) situado en España y su casa central o alguno de sus EP situado en el extranjero.

Tipos de gravamen aplicables durante 2014 a ciertas rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente

Se prorrogan para 2014 los tipos de gravamen vigentes durante 2013 aplicables en la imposición complementaria sobre rentas de los establecimientos permanentes, el tipo general del impuesto y el tipo sobre intereses, dividendos y ganancias patrimoniales.