Acontecimientos de excepcional interés público vigentes durante 2020 (RF 28/20 07 de Julio de 2020 al 13 de Julio de 2020)
Creación de un nuevo Acontecimiento de excepcional interés público
Creación de un nuevo Acontecimiento de excepcional interés público
Creación de nuevos Acontecimientos de excepcional interés público y ampliación de ciertos plazos de vigencia.
Incremento de los tipos de deducción por donativos a entidades beneficiarias del mecenazgo.
Se ha aprobado el programa «XXV sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático» como evento que tiene la consideración de acontecimiento de excepcional interés público, a los efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la Ley de de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Los ingresos de una fundación por las actividades declaradas exentas en el IS podrían resultar asimismo exentos, siempre y cuando tuvieran un carácter meramente auxiliar o complementario de las explotaciones económicas exentas, no superando el 20% de los ingresos totales de la entidad, o fueran explotaciones económicas de escasa relevancia, aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios del ejercicio no supere en su conjunto los 20.000 euros, y se desarrollaran en cumplimiento de sus fines.
Se modifica el modelo 036 de declaración censal para las entidades que quieran aplicar el nuevo régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2019, se aprueba el reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Se aprueba para el ejercicio 2019 la relación de actividades o programas que se declaran prioritarios, las condiciones y el procedimiento para su declaración.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2019, se aprueba en Bizkaia la nueva norma Foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Aplicación del régimen especial a la entidad y requisitos y obligaciones establecidas para ser beneficiaria de las deducciones previstas en la Ley y el Reglamento del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).