Las modificaciones introducidas afectan a la nueva deducción en concepto de gastos generales y a la reducción aplicable a determinados rendimientos del trabajo. Asimismo, se establecen los requisitos para la aplicación de la exención a los rendimientos del trabajo en especie derivados de la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores en activo, a la vez que se aclara cuándo se entiende que la oferta de entrega de tales acciones se efectúa en las mismas condiciones a todos los trabajadores de la empresa o, en su caso, del grupo o subgrupo de sociedades. Por otro lado, se especifican qué vehículos se consideran eficientes energéticamente a efectos de cuantificar la retribución en especie en caso de cesión de los mismos a los trabajadores para usos particulares.