Con efectos desde el 14-3-2020 se declara el estado de alarma en todo el territorio nacional, en principio, durante 15 días con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19.
Se publica una nueva resolución que dicta instrucciones sobre jornada y horario de trabajo del personal al servicio de la AGE y sus organismos públicos que incluye la aplicación de las medidas de la Ley de Presupuestos de 2018 y algunas novedades, fundamentalmente, relacionadas con los permisos.
El FOGASA debe dictar resolución en el plazo de 3 meses, en caso contrario se considera silencio administrativo. Dentro de dicho plazo máximo, contados a partir de la presentación en forma de la solicitud de prestaciones al FOGASA, ha de considerarse incluida solamente la obligación de dictar resolución expresa por parte del mismo. Si bien, asimismo, para evitar que se produzcan los efectos del silencio positivo, tal organismo ha de acreditar haber cursado de forma idónea la notificación del acto expreso dentro del máximo plazo de 10 días a partir de la fecha de tal resolución.
La declaración responsable no sustituye a las autorizaciones administrativas en los casos de inscripción de escrituras de declaración de obra nueva en construcción con destino específico.
Régimen jurídico de las grandes instalaciones de ocio. Relevancia urbanística y estudio del plan de ordenación con incidencia territorial y ejecución de las grandes instalaciones de ocio.