Limitación de la posibilidad de reducción automática de la cuantía de la sanción propuesta en el acta de infracción, cuando se levanta por los mismos hechos que el acta de liquidación y el infractor da su conformidad a la liquidación y la ingresa, de manera que no puede aplicarse si la cuantía de la liquidación no supera la de la sanción propuesta.
Modificaciones en varios tipos de infracciones tanto leves, como graves o muy graves, creación de nuevos tipos y eliminación como infracción grave del incumplimiento del pago delegado por parte de la empresa.
Se regula la calidad acústica en relación con las infraestructuras que son competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dando marco jurídico a las competencias propias autonómicas en relación con la contaminación acústica.
Dentro del régimen jurídico sancionador, la Ley de lucha contra el fraude establece un sistema de reducción de las sanciones a imponer por conformidad y pronto pago. En relación con la reducción de conformidad, en caso de concurrencia de una situación de responsabilidad respecto de la sanción, se modifica la norma para ofrecer la posibilidad al responsable de que pueda dar su conformidad con la parte de deuda derivada procedente de una sanción en sede del deudor principal y beneficiarse de la reducción legal por conformidad. Asimismo, se reconoce al responsable la eventual reducción por pronto pago de su propia deuda.
Se consideran adquiridos con cargo a renta no declarada los bienes y derechos situados en el extranjero respecto de los cuales no se haya cumplido en plazo con la nueva obligación de información.
Se introduce como nuevo supuesto de ganancias de patrimonio no justificadas, la tenencia, declaración o adquisición de bienes o derechos situados en el extranjero respecto de los que no se haya cumplido en plazo la obligación de información.
Se introduce como nuevo supuesto de ganancias de patrimonio no justificadas, la tenencia, declaración o adquisición de bienes o derechos situados en el extranjero respecto de los que no se haya cumplido en plazo la obligación de información.
Con efectos 1-7-2012 se crea el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por los Grandes Establecimientos Comerciales y con efectos 1-1-2013 el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por Determinadas Actividades.