Apoderado: sustitución de poder y subapoderamiento (RM 3/20 Marzo 2020)

El apoderado autorizado por su mandante para “sustituir” el poder en favor de otra persona, no pierde su condición de apoderado por el mero hecho de nombrar a otro apoderado, pues el ejercicio de la facultad de sustituir no supone, por sí sola, la transmisión del mandato en favor de otro. Ahora bien, la facultad de sustituir el poder no es susceptible a su vez de sustitución, por lo que el segundo apoderado no puede nombrar a otro apoderado, salvo que lo permita de manera clara el poderdante inicial.

Administrador – persona jurídica: cese y nombramiento de la persona física designada para el ejercicio del cargo (RM 3/20 Marzo 2020)

Aunque la ley no lo exige de manera expresa, la persona física designada para el ejercicio permanente de las funciones del cargo de administrador-persona jurídica requiere la aceptación expresa de dicha persona física y su inscripción, toda vez que esta persona física está sujeta a los mismos deberes y responsabilidades que un administrador.

Reducción de capital social con amortización de participaciones

Las reducciones de capital no siempre han de tributar por ITP y AJD, como ocurre cuando lo que se pretende es la amortización de las participaciones propias adquiridas a alguno de los socios.

Reducción de capital con devolución de aportaciones: régimen de responsabilidad

En caso de reducción de capital con restitución de aportaciones a los socios, la LSC art.332 establece que no habrá lugar a la responsabilidad solidaria de dichos socios si la sociedad dota una reserva indisponible «por un importe igual al percibido por los socios en concepto de restitución de la aportación social». La DGRN entiende, no obstante, que dicha reserva debe constituirse únicamente por un importe equivalente al valor nominal de las participaciones amortizadas. Por otro lado, en cuanto al sistema de responsabilidad elegido, si en la escritura de reducción de capital se han identificado a los socios beneficiados por la devolución del valor de las aportaciones, sin indicar que se ha dotado la reserva legal, debe presuponerse que rige el sistema de responsabilidad solidaria de tales socios.

Valoración de las acciones de una sociedad con patrimonio neto negativo

El valor de mercado de las acciones de una sociedad de responsabilidad limitada con patrimonio neto negativo es como mínimo cero, pero nunca negativo, por lo que el valor real de tales acciones también será como mínimo cero. Para determinar el valor real de una herencia compuesta de acciones de varias sociedades limitadas, unas con patrimonio neto positivo y otras con patrimonio neto negativo, no se pueden deducir los valores de las sociedades de patrimonio neto negativo de los valores de las de patrimonio neto positivo.

Exención por reinversión

Se regulan las condiciones reglamentarias para la aplicación de la exención por reinversión en entidades de nueva o reciente creación, fijándose en un año el plazo para reinvertir.