Si un cambio de circunstancias conlleva la revisión de la vida útil de elementos, los nuevos porcentajes de amortización, si están incluidos entre el máximo y el mínimo de tablas, se consideran válidos y no implican un cambio de método de amortización.
La DGT ha emitido una Resolución para establecer los criterios interpretativos necesarios para proporcionar seguridad jurídica en la aplicación práctica de la limitación a la deducibilidad de los gastos financieros, destacando la delimitación de gastos e ingresos financieros.
La DGT ha emitido una Resolución estableciendo criterios interpretativos para la determinación del gasto financiero neto deducible en grupos fiscales, analizando tanto su cálculo como la incidencia de la inclusión y exclusión de entidades en el grupo.
A efectos del cómputo de la plantilla media de una empresa, no se considera empleado por cuenta ajena el socio que posee el 33,33% del capital de la sociedad, pues se presume que tiene el control de la misma.
A efectos del cómputo de la plantilla media de una empresa, no se considera empleado por cuenta ajena el socio que posee el 33,33% del capital de la sociedad, pues se presume que tiene el control de la misma.
Regulación de las relaciones de trabajo del personal de salas de fiesta, bailes y discotecas a través del I Convenio colectivo estatal aplicable a todas las empresas del sector.
Si el propio contrato de arrendamiento financiero, al establecer el calendario de pagos y el desglose de cuotas, prevé un sistema de financiación en el que, desde el inicio, el importe de la recuperación del coste del bien establecido en las cuotas y medido por períodos anuales no resulta constante o creciente a lo largo de todo el período contractual -supuesto en el que el contrato incumple el requisito del carácter constante o creciente del importe anual de la recuperación del coste del bien (LIS art.115.4)-, no puede hablarse de cantidades entregadas a cuenta, como anticipo de una parte del total importe del coste del bien cuya financiación se realiza a través del contrato de arrendamiento financiero, lo que exigiría la necesidad de distribuir el importe de dichas entregas iniciales, en la medida que supongan recuperación del coste del bien, entre las cuotas a satisfacer, de manera que no se incumpla el citado requisito, aclarando que, en tales supuestos, dichas cantidades no resultan deducibles en el momento de su entrega.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2012 se limita con carácter general la deducibilidad de los gastos financieros netos al 30% del beneficio operativo del ejercicio.
No puede aplicarse esta exención a los vehículos matriculados por una entidad que han sido cedidos al administrador de la misma y a su esposa, o cuando se han dedicado a la realización de actividades publicitarias o promocionales distintas al alquiler.