Fines de la actividad urbanística en Andalucía
Nueva enumeración de los fines propios de la actividad urbanística y de la intervención en la gestión urbanística de quienes sean titulares de derechos reales sobre el suelo o bienes inmuebles.
Nueva enumeración de los fines propios de la actividad urbanística y de la intervención en la gestión urbanística de quienes sean titulares de derechos reales sobre el suelo o bienes inmuebles.
Enumeración de los derechos de los particulares en relación con su participación en la gestión pública e introducción de la novedad por la que los titulares del derecho a la iniciativa para la actividad urbanizadora pueden consultar sobre los criterios y previsiones de la ordenación urbanística.
Delimitación de las áreas de reparto y definiciones de aprovechamiento: objetivo, subjetivo y preexistente.
Novedades introducidas en el sistema de compensación: iniciativa, procedimiento, junta de compensación, ordenación del sistema mediante convenio urbanístico.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 60. Enero/Febrero 2012 Luis Javier Ruiz González Vocal para los Tributos cedidos a las CCAA y Tributos Locales del TEAR Madrid 1. INTRODUCCIÓN El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo cuyo objeto es la […]
Incorporación de los asentamientos urbanísticos existentes en suelo no urbanizable al plan general de ordenación urbanística.
Reestructuración de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.
Se regula la modificación del planeamiento y el procedimiento para llevarlo a cabo, así como se aprueban normas de derecho transitorio reguladoras de la adaptación del planeamiento vigente.
Se regula la modificación del planeamiento y el procedimiento para llevarlo a cabo, así como se aprueban normas de derecho transitorio reguladoras de la adaptación del planeamiento vigente.
Se estima recurso de inconstitucionalidad y se declara la nulidad de RDL 4/2000 art.1 por no haberse aportado justificación suficiente que permita apreciar la existencia del presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad requerido para usar la legislación de urgencia.
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