Nuevo régimen especial del pequeño empresario o profesional

A partir del 1-1-2018 los profesionales o empresarios con una facturación igual o inferior a 30.000 euros podrán acogerse a este régimen especial cuando cumplan una serie de requisitos.

Rendimientos del trabajo en el IRPF

Se determina el tratamiento tributario de las primas satisfechas para la cobertura de enfermedad de las personas con discapacidad y se delimita la aplicación de las reducciones sobre el rendimiento íntegro. Régimen fiscal de las aportaciones realizadas al patrimonio protegido de las personas con discapacidad

Facultades y actuaciones de los Subinspectores Laborales

Se desarrollan las facultades atribuidas a los Subinspectores Laborales en ambas escalas, así como las medidas derivadas de su actividad.

Transmisión lucrativa de participaciones en el ISD

Cuando el donante tiene participación en varias sociedades, a efectos de poder determinar si se cumple el requisito del porcentaje de remuneración exigido a efectos de la exención en el IP, del que depende la aplicación de la exención en el ISD, se han de tomar en consideración la totalidad de los rendimientos del trabajo y actividades empresariales y profesionales.

Transmisión de enseres personales y familiares en una página web

Al no tener la condición de empresario o profesional, la venta de objetos personales en una página web no se encuentra sujeta al IVA, pero sí al ITP y AJD modalidad TPO.

Bizkaia: aprobación de los modelos de declaración censal

Con efectos desde el 14-10-2017, se aprueban los modelos de declaración censal: el 036 de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y, el 037, de modificación que han de presentar los empresarios y profesionales

Exención de las participaciones en entidades: remuneración por el ejercicio de las funciones de dirección

A efectos de determinar si el sujeto pasivo que ejerce efectivamente funciones de dirección percibe por ello una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos del trabajo y de actividades económicas, se debe comparar la remuneración percibida con la suma algebraica de la totalidad de los rendimientos netos reducidos del trabajo y de actividades empresariales y profesionales.

Sociedad holding y actividad accesoria: régimen de deducción en sectores diferenciados

La realización habitual de las operaciones de financiación y de seguros realizadas por la entidad holding son consideradas como actividad principal y no accesoria, lo que conlleva a que los ingresos recibidos por esto deban incluirse en el denominador de la prorrata y la existencia de sectores diferenciados en la entidad.

Externalización de la gestión de la actividad de arrendamiento

La externalización de la gestión de la actividad de arrendamiento en el titular de las participaciones de la entidad que se dedica a dicha actividad, o en un despacho de abogados, impide la calificación como económica de la actividad a efectos de la exención en el IP.