Se modifica la orden foral por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas del software garante y la declaración de alta en el registro de software garante.
Se determinan las características y especificaciones técnicas y funcionales que debe cumplir el software garante al que se refiere la norma foral del IRPF y la del IS, y se establece el contenido y forma de presentación de la declaración de alta en el registro de software garante.
Con el objetivo de elevar el nivel de control sobre el fraude, se desarrolla el contenido de ciertas obligaciones tributarias relacionadas con el proyecto Batuz para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones a los contribuyentes que realizan actividades económicas.
Se establecen los cimientos normativos de los tres pilares sobre los que se asienta el proyecto Batuz: el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes; el establecimiento de la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas para las personas jurídicas; y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Se establecen los requisitos legales y tecnológicos que el sistema informático TicketBAI debe cumplir en el registro de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el desarrollo de actividades económicas, así como en la emisión de las facturas u otros documentos que justifiquen las operaciones.