Medidas tributarias en Canarias derivadas de la extinción del estado de alarma (RF 27/20 30 de Junio de 2020 al 06 de Julio de 2020)
Se prorrogan en Canarias algunas de las medidas tributarias aprobadas durante el estado de alarma.
Se prorrogan en Canarias algunas de las medidas tributarias aprobadas durante el estado de alarma.
Nuevos procedimientos de ERTE basados en ETOP vinculadas con el COVID-19, con especialidades sobre el inicio de su tramitación y sobre los efectos retroactivos, cuando vengan precedidos de expedientes basados en la fuerza mayor. Se prorrogan las medidas previstas para las prestaciones de desempleo hasta el 30-9-2020. Asimismo, las exenciones previstas en caso de ERTE por fuerza mayor son de aplicación a los ERTE por ETOP a partir del 27-6-2020, tanto a los anteriores a dicha fecha como a aquellos iniciados tras la finalización de expedientes basados en fuerza mayor.
Se aprueban en Navarra medidas extraordinarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus entre las que destaca la exención de las prestaciones derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario y la deducción para la transformación digital de las empresas.
La condonación de rentas en un arrendamiento de local cuando sea imposible durante la vigencia del estado de alarma desarrollar la actividad económica, no supone la existencia de un autoconsumo gravable.
Con efectos desde el 1-1-2020, esta Comunidad Autónoma ha aprobado nuevas deducciones autonómicas para contribuyentes con discapacidad, por ayuda doméstica y por acogimiento de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad, a la vez que se amplía hasta el 50% el porcentaje de la deducción autonómica por donativos destinados a la investigación biosanitaria y a la promoción de actividades culturales y deportivas.
Se incrementan los incentivos fiscales aplicables a las actividades o programas prioritarios para el 2020.
Se crea una nueva deducción por inversión en microempresas y PYMES, se aumenta el porcentaje para gastos en el cálculo del rendimiento neto en las actividades económicas de elaboración de vino y actividades agrícolas ganaderas y pesqueras, y se incrementan los porcentajes de deducción en incentivos fiscales en actividades prioritarias de mecenazgo.
Se aprueba la prestación de ingreso mínimo vital con el fin de garantizar un determinado nivel de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas, con carácter indefinido, manteniéndose siempre y cuando subsistan las causas que motivaron su concesión.
Se aprueba el nuevo modelo CBK para contribuyentes que obtengan un rendimiento neto negativo estimado en su actividad económica en el ejercicio 2020.
Para apoyar la transformación digital del pequeño comercio hacia el comercio electrónico, se aprueba un incentivo fiscal, aplicable exclusivamente para 2020, destinado a personas físicas, microempresas y pequeñas empresas, que se dedican al comercio minorista: una deducción del 30%, con ciertos límites, sobre los costes de inversión en sistemas informáticos para implantar el comercio electrónico.
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