Aplazamiento de deudas tributarias en Bizkaia a consecuencia del coronavirus (RF 43/20 20 de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020)

Tras la aprobación del aplazamiento excepcional de deudas tributarias para hacer frente a la situación generada por el coronavirus, se regulan los efectos del impago de las cuotas aplazadas, y la posibilidad de que los contribuyentes acogidos al aplazamiento ejerciten su renuncia.

Presentación de declaraciones por vía telemática en Araba (RF 42/20 13 de Octubre de 2020 al 19 de Octubre de 2020)

Se actualizan las condiciones y requisitos generales para la presentación por vía telemática a la Hacienda Foral de declaraciones y autoliquidaciones, por los obligados tributarios.

Medidas adicionales en el IRPF de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 42/20 13 de Octubre de 2020 al 19 de Octubre de 2020)

Se declaran exentas las prestaciones percibidas en concepto de ingreso mínimo vital así como también ciertas ayudas públicas dirigidas a paliar los efectos del coronavirus. Se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, de autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.

Medidas adicionales en el IRPF de Araba a consecuencia del coronavirus (RF 42/20 13 de Octubre de 2020 al 19 de Octubre de 2020)

Se declaran exentas las cantidades percibidas en concepto de ingreso mínimo vital, se establece la calificación de las prestaciones por cese de actividad para los afectados por la declaración del estado de alarma ocasionada por el coronavirus y se exonera del pago fraccionado correspondiente al 2020 a los contribuyentes que ejerzan actividades económicas.

Actividades prioritarias de mecenazgo en el ámbito de los fines de interés general en el IRPF e IS de Gipuzkoa (RF 41/20 06 de Octubre de 2020 al 12 de Octubre de 2020)

Se aprueba para el ejercicio 2020 la relación de actividades que se declaran prioritarias en el ámbito de los fines de interés general.

Medidas adicionales en el IRPF y en el IP de Bizkaia a consecuencia del coronavirus (RF 41/20 06 de Octubre de 2020 al 12 de Octubre de 2020)

Se declaran exentas las cantidades percibidas en concepto de ingreso mínimo vital y se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, a autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.

Empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por ERTE y una reducida tasa de recuperación de actividad (RS 40/20 29 de Septiembre de 2020 al 05 de Octubre de 2020)

Se establece un régimen específico en materia de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social para aquellas empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por ERTE y una reducida tasa de recuperación de actividad. Además, se establece la posibilidad de que determinadas empresas dependientes indirectamente o integrantes de la cadena de valor de las anteriores puedan acreditar ante la autoridad laboral dicha condición y acceder a los mismos beneficios en materia de cotizaciones.

Actividades o programas prioritarios de mecenazgo en el IRPF e IS de Araba (RF 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)

Se aprueba para el ejercicio 2020 la relación de actividades o programas que se declaran prioritarios, las condiciones y el procedimiento para su declaración.

Modificación del Reglamento de IRPF de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Con el objetivo de elevar el nivel de control sobre el fraude, se desarrolla el contenido de ciertas obligaciones tributarias relacionadas con el proyecto Batuz para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones a los contribuyentes que realizan actividades económicas.

Novedades en el IVA de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Para implementar el Proyecto Batuz se recoge la información referente a los borradores de autoliquidación del IVA. Así, se establece que su confección se debe realizar partiendo de la información que conste en los libros registros de actividades económicas correspondientes al IS o al IRPF, según corresponda, determinándose las fechas en las que deben ser puestos a disposición de los contribuyentes de oficio y recogiéndose, asimismo, la posibilidad de que puedan ser solicitados a instancia de parte.