Nuevo modelo de cuentas anuales
Se aprueba el nuevo modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales, en sustitución del modelo aprobado por la Orden JUS/471/2017.
Se aprueba el nuevo modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales, en sustitución del modelo aprobado por la Orden JUS/471/2017.
Las sociedades mercantiles municipales que tienen la obligación de someter sus cuentas anuales a auditoría, de conformidad con la normativa mercantil o de auditoría de cuentas, están sujetas al régimen establecido en la LAC y su normativa de desarrollo. Las sociedades que no tienen esa obligación y que se incluyen en el plan anual de auditoría del órgano de control financiero de la administración pública correspondiente, deben ser auditadas por ese órgano de control con sujeción a las normas de auditoría del sector público.
Se hacen públicas las Directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2018, que giran en torno a cuatro grandes pilares: la prevención del fraude, la investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero, el control del fraude en fase recaudatoria y la colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA.
Fijación de la base de cotización durante 2018 para los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2017 y de manera simultánea hayan tenido contratados trabajadores por cuenta ajena así como para los autónomos societarios.
Si la sociedad está inactiva y así lo hace constar en la documentación o resulta de ella no es necesario cumplimentar la casilla de pago medio a proveedores.
Todas las sociedades mercantiles deben reflejar en las cuentas anuales el período medio de pago a acreedores, salvo que en las cuentas se refleje que la sociedad está inactiva.
Se excepcionan del régimen general, los supuestos de prórroga de duración y de sociedades que tengan la categoría de entidades de interés público, alcanzando la excepción exclusivamente al plazo del contrato de auditoría, pero no a la competencia para llevar a cabo la designación.
Se excepcionan del régimen general, los supuestos de prórroga de duración y de sociedades que tengan la categoría de entidades de interés público, alcanzando la excepción exclusivamente al plazo del contrato de auditoría, pero no a la competencia para llevar a cabo la designación.
Particularidades de las competencias urbanísticas y de ordenación del territorio atribuidas al municipio de Zaragoza.
Los estatutos pueden fijar un quórum de asistencia a la junta general, en primera convocatoria, comprensivo de la totalidad del capital social suscrito con derecho a voto.
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