Se modifican las declaraciones informativas de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las IIC y de las retenciones e ingresos a cuenta relativas a las rentas o ganancias patrimoniales procedentes de transmisión o reembolso de dichas acciones o participaciones y de las transmisiones de derechos de suscripción (modelo 117 y modelo 187)
Con efectos a partir del 30-12-2018, se establece un periodo transitorio durante el cual las reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva realizadas como consecuencia de las nuevas exigencias en materia de incentivos establecidas en la Dir (UE) 2014/65 e incorporadas a nuestro ordenamiento por el RDL 14/2018, que tengan por objeto que el partícipe o accionista deje de soportar costes asociados a incentivos, puedan realizarse sin necesidad de recabar consentimiento individualizado de los partícipes y accionistas, y resulten neutrales fiscalmente.
Con efectos 30-12-2018 la información sobre traspasos de inversiones entre IIC o entre compartimentos de una misma IIC también deben suministrarse a los partícipes cuyas inversiones vayan a quedar registradas en el comercializador.
Se incluye en la Ley reguladora de las IIC el régimen sancionador de los incumplimientos del Reglamento europeo sobre fondos del mercado monetario. Se somete a las entidades de dinero electrónico a lo dispuesto en la Ley de Auditoría de Cuentas.
Se incorporan al Reglamento de IRPF, entre otros, el concepto de vivienda habitual así como el de rehabilitación, ya que se necesita mantenerlos para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
Se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en edificios y viviendas en Canarias para el ejercicio 2018.
La CNMV establece la inclusión de determinadas advertencias, dentro de la información que se entregue a los clientes minoristas, con carácter previo a la adquisición de instrumentos financieros en relación con su elevado grado de complejidad, su admisibilidad para la recapitalización interna o la existencia de una diferencia significativa respecto al valor actual.
La CNMV establece la inclusión de determinadas advertencias, dentro de la información que se entregue a los clientes minoristas, con carácter previo a la adquisición de instrumentos financieros en relación con su elevado grado de complejidad, su admisibilidad para la recapitalización interna o la existencia de una diferencia significativa respecto al valor actual.