Porcentajes de retención e ingreso a cuenta en 2014
Se prorroga para 2014 la elevación de los porcentajes de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales y otros rendimientos.
Se prorroga para 2014 la elevación de los porcentajes de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales y otros rendimientos.
Se aprueba con efectos 1-1-2014 una nueva norma del IS en Araba.
Se prorroga para 2014 la elevación de los porcentajes de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales y otros rendimientos.
Se prorroga para 2014 la elevación de los porcentajes de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales y otros rendimientos.
Se prorroga para 2014 la elevación de los porcentajes de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales y otros rendimientos.
La limitación existente para la no obligación de declarar en el IRPF relativa a ganancias patrimoniales sometidas a retención no se aplica, desde el 1-1-2014, respecto de aquellas procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de IIC en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible.
A pocos días de finalizar el plazo para la presentación de la declaración de bienes y derechos en el extranjero, siguen llegando multitud de consultas a la DGT.
Se aprueba el modelo 720 «Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero» que refunde las tres nuevas obligaciones de información ligadas al ámbito internacional referentes a cuentas, valores, derechos, seguros, rentas, bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero. Se aplica por primera vez para la presentación correspondiente al ejercicio 2012 (a presentar entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2013) y se ha de realizar obligatoriamente por vía telemática a través de Internet en la Sede electrónica de la AEAT, donde los obligados tributarios tienen a su disposición un programa de ayuda para su cumplimentación.
Cuando parte de los dividendos se satisfacen en especie, como ocurre cuando se abona parte del mismo mediante entrega de acciones, dicha parte debe valorarse por el perceptor por su valor de mercado.
A partir del 21-7-2012, en relación con la excepción a la obligación de retener e ingresar a cuenta respecto de las rentas derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de IIC obtenidas por determinados fondos de inversión de capital variable y sociedades de inversión de capital variable, se eleva el requisito relativo al porcentaje mínimo de inversión exigido a las IIC que invierten en un único fondo del 80% al 85%, para adaptarlo al nuevo porcentaje mínimo establecido por la normativa comunitaria.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).