El hecho de que la denominación social indicada en la certificación del RMC y en los estatutos sociales no coincida con la consignada en la comunicación acreditativa del NIF remitida por la Agencia Tributaria y en el impreso del modelo 600, no impide la inscripción de la escritura de constitución de la sociedad.
En caso de división o segregación den la finca original, la hipoteca subsiste en su integridad sobre cada una de las fincas resultantes, aun cuando se reduzca la obligación garantizada.
Se estudia la posibilidad de inscribir o no una escritura de declaración de obra nueva por antigüedad cuando se trate de terrazas y la división en régimen de propiedad horizontal de un inmueble.
Se aprueba en Gipuzkoa el modelo 20R, de comunicación de la opción para la aplicación del régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo, y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un Estado miembro a otro de la UE.
Cuando en las escrituras públicas de novación modificativa de un préstamo hipotecario, además de afectar al tipo de interés o al plazo, se incluyen otras cláusulas financieras, sin que afecte a la responsabilidad hipotecaria, se ha de atender que se cumplen los requisitos de inscribilidad y de contenido valuable a efectos de determinar su tributación por ITP y AJD.
La existencia de un procedimiento judicial sobre la titularidad de la totalidad de las acciones y la imposibilidad derivada de ello de elegir a los miembros de la mesa de la junta, impide la válida constitución de ésta y su celebración y, por tanto, la inscripción de los acuerdos en ella adoptados.
Se amplía la obligación de implantar planes de igualdad a las empresas de cincuenta o más trabajadores, estableciéndose un régimen transitorio para su elaboración y se crean nuevas obligaciones con respecto al diagnóstico previo y el registro.
El registrador está vinculado por la declaración que hace el presidente en cuanto a la válida constitución de la junta y el resultado de las votaciones, salvo cuando dicha declaración resulta contradicha por la documentación aportada para la inscripción registral de los acuerdos o por los asientos del Registro Mercantil. La mera oposición de un socio -aun cuando sea el administrador único con cargo inscrito-, que se limita a afirmar que la composición del accionariado es distinta de la que afirma el presidente, no desvirtúa las anteriores consideraciones.