Modificaciones del IS en Gipuzkoa
Se modifica la NF del IS en Gipuzkoa para subsanar incorrecciones técnicas y aspectos que generaban dudas.
Se modifica la NF del IS en Gipuzkoa para subsanar incorrecciones técnicas y aspectos que generaban dudas.
Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Se crea la provisión de gestión de riesgos derivados de la internacionalización asegurados por cuenta del Estado, cuya dotación de la cuantía mínima debe considerarse fiscalmente deducible.
Se crea la provisión de gestión de riesgos derivados de la internacionalización asegurados por cuenta del Estado, cuya dotación de la cuantía mínima debe considerarse fiscalmente deducible.
El valor de mercado de las acciones de una sociedad de responsabilidad limitada con patrimonio neto negativo es como mínimo cero, pero nunca negativo, por lo que el valor real de tales acciones también será como mínimo cero. Para determinar el valor real de una herencia compuesta de acciones de varias sociedades limitadas, unas con patrimonio neto positivo y otras con patrimonio neto negativo, no se pueden deducir los valores de las sociedades de patrimonio neto negativo de los valores de las de patrimonio neto positivo.
Se suprime en Bizkaia la reducción del 90% de la base imponible en relación con las adquisiciones por herencia o legado de deuda pública emitida por el País Vasco, así cpmp de participaciones en instituciones de inversión colectiva que invirtiesen en estos títulos de deuda.
El 1-1-2015 va a entrar en vigor la nueva ley del impuesto de sociedades. Recogiéndose en esta información la ubicación de los artículos citados en el Memento en la nueva normativa.
Regulación de manera conjunta de la limitación a la deducibilidad del gasto derivado de las extinciones de las relaciones laborales.
Con la nueva Ley del Impuesto de Sociedades no se produce ninguna modificación respecto del régimen fiscal del impuesto de sociedades en relación los sistemas de previsión social complementaria.
Se ha aprobado una nueva Ley del IS, de carácter continuista con la anterior, que mantiene la misma estructura, pero que incluye importantes reformas en materias tales como amortizaciones, tipo de gravamen, deducciones, regímenes especiales, etc.
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