Suelo no urbanizable. La Rioja

Estudio de las características del suelo no urbanizable. Usos y actividades en este tipo de suelo.

Delimitación del grupo de sociedades mercantil

La calificación de un conjunto de empresas como grupo de sociedades mercantil según el Código de Comercio requiere analizar los elementos indiciarios que puedan llevar a concluir que una sociedad controla a otra sociedad o empresa, y a tal efecto es preciso disponer y enjuiciar todos los antecedentes y circunstancias del correspondiente caso.

Cambio de la opción por la tributación conjunta

Si existe un error en la formación de la voluntad no imputable al contribuyente y debidamente acreditado, cabe la posibilidad de modificar la opción de tributación una vez finalizado el período reglamentario de declaración.

Suelo no urbanizable. Normas de aplicación directa. C. Valenciana

Normas de aplicación directa en materia de suelo no urbanizable, tanto el común como el suelo urbanizable sin programación. Licencias y declaraciones de interés comunitario. Minimización de impactos territoriales.

C. Valenciana. Instrumentos de ordenación

Novedades que se introducen en la regulación de los instrumentos de ordenación contenida en LUVA en relación con: proyectos de inversiones estratégicas sostenibles, planes de acción territorial, plan general estructural, planes parciales y catálogos de protección.

Actuaciones en suelo urbano. Canarias

Estudio detallado de las actuaciones en medio urbano, con particularidad de los deberes de los propietarios en las diferentes actuaciones y a las particularidades de su ejecución.

Suelo rústico. Extremadura

Régimen jurídico del suelo rústico: derechos y deberes de los titulares, construcciones, condiciones de uso y autorización y asentamientos en suelo rústico.

Honorarios de la auditoría y distintos de la auditoría

Los honorarios percibidos por el auditor de cuentas de una entidad aseguradora por la realización del informe de revisión sobre el informe de la situación financiera y de solvencia de dicha entidad deben excluirse del cómputo de honorarios distintos a los de auditoría a efectos de lo establecido en el Rgto UE/537/2014 art.4.2.