IRNR. Exenciones

Se suprime la exención de hasta 1.500 euros para los dividendos obtenidos por personas físicas no residentes, y se modifican la exención de las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles por residentes en la Unión Europea, así como las cláusulas antiabuso sobre los beneficios repartidos y cánones pagados por parte de filiales y establecimientos permanentes residentes a entidades no residentes.

Impuesto sobre sociedades. Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas

Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, desaparece la bonificación especial sobre las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas por discapacitados.

Sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario

Se modifica el régimen de SOCIMI, exceptuando la retención en la distribución de dividendos entre dos entidades acogidas al régimen fiscal especial aplicable a las mismas, cuando ambas sean residentes fiscales en territorio español. También se excepciona de tributación a la transmisión de participaciones en este tipo de entidades por los socios no residentes cuando su participación en la misma sea inferior al 5%.

Sociedades civiles en el IRPF

Desde el 1-1-2016 se adecúa, en el ámbito de contribuyentes del IRPF, la configuración como tal de las sociedades civiles siempre que las mismas no estén sujetas al IS por tener objeto mercantil.

Rendimientos del capital mobiliario

Se ha modificado la LIRPF, afectando, entre otras, a las siguientes cuestiones: tratamiento de la distribución de la prima de emisión de valores no admitidos a negociación en mercados regulados, reducción aplicable a los rendimientos con un período de generación superior a dos años o notoriamente irregulares, porcentajes de retención o ingreso a cuenta, PIAS, rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario y compensaciones fiscales.

Reforma IS: regímenes tributarios especiales

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. Se exponen a continuación las principales modificaciones que afectan a los regímenes especiales del impuesto.

Operaciones vinculadas

Entre las modificaciones destaca la reducción del perímetro de vinculación y la inclusión de un contenido simplificado de la obligación de documentación para entidades o grupos de entidades con importe neto de la cifra de negocios inferior a 45 millones de euros.

Deducciones para evitar la doble imposición internacional

Entre las modificaciones destaca la eliminación del plazo para su compensación, así como la posibilidad de deducir en base la parte del impuesto soportado en el extranjero al que no se aplica la deducción en cuota.

Sociedades y fondos de capital-riesgo

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se modifica el régimen fiscal especial aplicable a las entidades de capital-riesgo y a los socios de las mismas.