Con efectos a partir del 26-6-2013, se ha aprobado en Extremadura el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado. En materia de normas comunes al ISD y al ITP y AJD, se mantiene sin cambios la regulación vigente hasta la fecha.
Se establece el procedimiento de autorización de la masa salarial del personal laboral de las sociedades mercantiles estatales, de las fundaciones del sector público estatal y de los consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones y Organismos que integran el sector público estatal.
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Gipuzkoa para el período impositivo 2012.
Cuando existan varios contratistas principales, la ejecución de obra llevada a cabo en su conjunto por todos ellos ha de tener esta consideración, sin que sea preciso que cada una de las ejecuciones de obra de cada contratista sea aisladamente consideradas como de urbanización, construcción o rehabilitación.
El ICAC se ha pronunciado sobre la posibilidad de registrar un gasto de personal en el ejercicio 2012, en el caso de empresas públicas, por el importe de la paga extraordinaria del mes de diciembre suprimida para el personal del sector público.
Cuando existan varios contratistas principales, la ejecución de obra llevada a cabo en su conjunto por todos ellos ha de tener esta consideración, sin que sea preciso que cada una de las ejecuciones de obra de cada contratista sea aisladamente consideradas como de urbanización, construcción o rehabilitación.
El ICAC se ha pronunciado sobre la posibilidad de registrar un gasto de personal en el ejercicio 2012, en el caso de empresas públicas, por el importe de la paga extraordinaria del mes de diciembre suprimida para el personal del sector público.
Por L 1/2013, se aprueban medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, para la reestructuración de la deuda y para el alquiler social.