Ganancias y pérdidas patrimoniales

Se eliminan los coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles y se limita la aplicación de los coeficientes de abatimiento.

Método de estimación objetiva del IRPF

Se revisa el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, reduciendo algunos límites cuantitativos y así como las actividades que pueden acogerse al mismo, limitándolas a aquellas que por su naturaleza se relacionen fundamentalmente con consumidores finales.

Determinación de la base imponible

Desde el 1-1-2015, las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones se integran en la base imponible del ahorro con independencia de su período de generación.

Entidades sin fines lucrativos

A partir del 1-1-2015, se incrementan los porcentajes de deducción por donativos aplicable por las personas físicas. También se estimula la fidelización de las donaciones, realizadas tanto por personas físicas como por personas jurídicas, mediante incrementos adicionales de los porcentajes de deducción.

Gestión

Entre las modificaciones destaca la posibilidad de regularización por parte de la Administración tributaria de importes integrados en la base imponible de períodos impositivos objeto de comprobación aunque procedan de operaciones realizadas en períodos impositivos prescritos.

Imputación temporal

Entre las modificaciones destaca la inclusión de una nueva regla para los supuestos de cambio de criterios contables y la indicación expresa de no integración de la reversión de gastos que no fueron deducibles.

Pérdidas por deterioro

Entre las modificaciones destaca la no deducibilidad del deterioro de elementos del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, inmovilizado intangible y de valores representativos de deuda.

Operaciones vinculadas

Entre las modificaciones destaca la reducción del perímetro de vinculación y la inclusión de un contenido simplificado de la obligación de documentación para entidades o grupos de entidades con importe neto de la cifra de negocios inferior a 45 millones de euros.

Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas

Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, desaparece la bonificación especial sobre las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas por discapacitados.