Obligación de información en Araba sobre bienes y derechos situados en el extranjero
Con efectos desde el 18-6-2013, los obligados tributarios deben suministrar determinada información relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero.
Con efectos desde el 18-6-2013, los obligados tributarios deben suministrar determinada información relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se consideran adquiridos con cargo a renta no declarada los bienes y derechos situados en el extranjero respecto de los cuales no se haya cumplido en plazo con la nueva obligación de información.
Áraba se adapta a la normativa estatal y regula expresamente en su Ley de lucha contra el fraude fiscal el alcance del límite de la responsabilidad del socio en la deuda tributaria de las personas jurídicas o entidades disueltas o liquidadas que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios, tanto en la sucesión de la deuda tributaria como de las sanciones, en su caso.
Con efectos desde el 18-6-2013, se ha modificado la Norma Foral General Tributaria de Araba con el objetivo de implantar determinadas medidas de lucha contra el fraude fiscal. A continuación se analizan las novedades introducidas en materia de procedimiento sancionador.
Se aprueba la Ley de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia.
Régimen jurídico por el que se debe aprobar el plan sectorial de infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia.
Innovaciones en materia de protección urbanística, inspección y régimen sancionador.
Deberes de los propietarios y consecuencias del incumplimiento de la vulneración de deberes urbanísticos.
Se modifica en Gipuzkoa el Reglamento del régimen de infracciones y sanciones tributarias en materia de condonación de sanciones.
La LFGT de Navarra sufre importantes modificaciones con la aprobación de esta Ley de medidas contra el fraude fiscal.
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