Obligación de declarar sobre bienes y derechos en el extranjero
Hacienda da respuesta a más cuestiones en torno a la obligación de declarar por los bienes y derechos que los obligados tributarios tienen situados en el extranjero.
Hacienda da respuesta a más cuestiones en torno a la obligación de declarar por los bienes y derechos que los obligados tributarios tienen situados en el extranjero.
Se procede a la supresión de la deducción por fomento del autoempleo y se duplica la deducción por inversión en acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación. Además, se aprueba una deducción por creación de nuevas empresas o ampliación de la actividad de empresas de reciente creación.
Con efectos a partir del 1-3-2013, Galicia ha aprobado una nueva reducción en la base imponible en los supuestos de sucesiones o donaciones a hijos y descendientes de dinero destinado a la creación de una empresa o negocio.
Con efectos 1-3-2013 se crean dos nuevas deducciones en Galicia en la modalidad AJD: por la adquisición de locales de negocio para la constitución de una empresa o negocio profesional, y por la constitución o modificación de préstamos y créditos hipotecarios concedidos para la financiación de su adquisición.
Con efectos 1-3-2013 se crean dos nuevas deducciones en Galicia en la modalidad AJD: por la adquisición de locales de negocio para la constitución de una empresa o negocio profesional, y por la constitución o modificación de préstamos y créditos hipotecarios concedidos para la financiación de su adquisición.
Con efectos 1-3-2013 se crean dos nuevas deducciones en Galicia en la modalidad AJD: por la adquisición de locales de negocio para la constitución de una empresa o negocio profesional, y por la constitución o modificación de préstamos y créditos hipotecarios concedidos para la financiación de su adquisición.
Las nuevas tasas judiciales aprobadas por la L 10/2012 han sido objeto de una serie de modificaciones, entre las que podemos destacar, la reducción de la cuantía de la tasa para las personas físicas, y la inclusión de nuevos supuestos de exención en función de la naturaleza del proceso, como por ejemplo, las acciones ejercitadas por los administradores concursales en interés de la masa del concurso y previa autorización del Juez de lo Mercantil.
Aunque se produzca el impago de uno de los cobros aplazados, existe obligación de su imputación en el momento de su vencimiento, sin perjuicio de que se pueda dotar una pérdida por deterioro de créditos.
No quedan incluidas en la obligación de informar aquellas acciones o participaciones en IIC extranjeras cuya tenencia se encuentre canalizada a través de las entidades comercializadoras radicadas en territorio español o a través del representante residente en dicho territorio de la sociedad gestora que opere en España en régimen de libre prestación de servicios, en tanto los referidos valores se mantengan registrados por sus titulares en dichos comercializadores o representantes, ya que dicha información queda cubierta por las obligaciones de información que corresponden al comercializador o al representante.
Aunque se produzca el impago de uno de los cobros aplazados, existe obligación de su imputación en el momento de su vencimiento, sin perjuicio de que se pueda dotar una pérdida por deterioro de créditos.
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