Pensión de viudedad de divorciada antes del 1-1-2008 y complemento por mínimos

Aplicación del complemento por mínimos a una pensión de viudedad de divorciada en cuantía proporcional al tiempo de convivencia, siendo única beneficiaria.

Novedades en el ITP y AJD en La Rioja

Ha sido aprobada la norma por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y cedidos, manteniendo, en términos generales, sin modificaciones la regulación del ITP y AJD.

Limitaciones en el uso de denominaciones sociales

La utilización en la denominación social de un término que se refiere a una profesión (p.e., abogado, arquitecto), sin especificar que se trata de una actividad de intermediación, puede inducir a error sobre el carácter profesional o no de la sociedad.

Conflictos entre marcas y denominaciones sociales

Los conceptos de marca y denominación no se confunden entre sí, a pesar de su evidente interrelación, por lo que el hecho de que una sociedad tenga registrada una determinada marca, en cuanto signo distintivo de productos y servicios, no le otorga un derecho a obtener para sí la denominación social coincidente con dicha marca.

Prohibición de denominaciones sociales sustancialmente idénticas

La identidad de denominaciones no se constriñe al supuesto de coincidencia total y absoluta entre ellas, fenómeno fácilmente detectable, sino que se proyecta a otros casos, no siempre fáciles de precisar, en los que la presencia de algunos elementos coincidentes puede inducir a error sobre la identidad de sociedades. Por eso, en materia de denominaciones sociales, el concepto de identidad debe considerarse ampliado a lo que se llama «cuasi identidad» o «identidad sustancial».

Denominación social: prohibiciones

La identidad de denominaciones no se constriñe al supuesto de coincidencia total y absoluta entre ellas, sino que se proyecta a otros casos en los que la presencia de algunos elementos coincidentes puede inducir a error sobre la identidad de sociedades (esto es, se prohibe también la «cuasi identidad» o «identidad sustancial»). No obstante, no cabe confundir la identidad sustancial con la «simple semejanza», no estando esta última prohibida por nuestro ordenamiento.

Nuevo reglamento del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

A través de este nuevo reglamento, que entra en vigor el 6-7-2017, salvo algunas excepciones, se regulan las iniciativas y programas de formación profesional para el empleo, los requisitos y límites de las acciones formativas, sus destinatarios y la forma de acreditación de las competencias adquiridas por los trabajadores, así como los instrumentos del sistema integrado de información y el régimen de funcionamiento del sistema de formación profesional para el empleo.

Nueva regulación de la formación programada por las empresas

Desarrollo reglamentario de la formación programada de las empresas en materia de financiación y costes de dicha formación, determinación de las empresas beneficiarias del crédito de formación así como de la organización y ejecución de la formación de las empresas, en especial de las organizaciones y entidades externas, así como el régimen de comunicación de las acciones formativas, instaurándose un preceptivo y previo a informe a la representación legal de los trabajadores sobre las acciones formativas a implantar.