Autoliquidación del IP en Gipuzkoa (RF 12/23 21 de Marzo de 2023 al 27 de Marzo de 2023)
Se aprueba el modelo de autoliquidación del IP correspondiente al período impositivo 2022, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso.
Se aprueba el modelo de autoliquidación del IP correspondiente al período impositivo 2022, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso.
Se aprueba el modelo de autoliquidación del IP correspondientes al período impositivo 2021, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso.
Se aprueba el modelo de autoliquidación del IP correspondientes al período impositivo 2020, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso.
Se aprueba el modelo 109 de autoliquidación del IRPF para el período impositivo 2020 así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.
Se establece una deducción extraordinaria para el apoyo a la reanudación del desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia del COVID-19, aplicable por contribuyentes del IRPF, IS e IRNR que operen a través de establecimiento permanente, y realicen determinadas inversiones en el período impositivo iniciado a partir del 1-1-2021.
Se incrementan la deducción para el fomento de la implantación de TicketBAI y para la transformación digital del comercio minorista, para los contribuyentes del IRPF, IS e IRNR que operen a través de establecimiento permanente, que anticipen de forma voluntaria el cumplimiento de la obligación TicketBAI antes del 1-11-2021.
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 670, 671 y 672 de autoliquidación del ISD para adaptarlos a las numerosas modificaciones que han afectado al impuesto y para que sea posible presentarlos por medios telemáticos, ya que hasta entonces solo se permitía su presentación en formato papel.
Se aprueba el modelo CBK para aplicar la deducción extraordinaria por compensación de pérdidas reales en actividades económicas en 2020, así como la forma y su plazo de presentación.
Se establecen normas adicionales para la presentación de la autoliquidación del IS en determinados supuestos; y se permite aplicar la deducción por producción de largometrajes y obras audiovisuales presentando en un momento posterior el informe motivado relativo al cumplimiento de los requisitos requeridos.
Se aprueban en Bizkaia los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para 2019.
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