Declaración de obra nueva y división horizontal
El valor a considerar a efectos de la liquidación del ITP y AJD en los casos de obra nueva y división horizontal se corresponde con el de ejecución material de la obra.
El valor a considerar a efectos de la liquidación del ITP y AJD en los casos de obra nueva y división horizontal se corresponde con el de ejecución material de la obra.
Clasificación del suelo y derechos y deberes de los propietarios en cada tipo de suelo. Actuaciones urbanísticas.
Particularidades del sistema de expropiación. Expropiación por razones urbanísticas y expropiación por ministerio de la ley.
Con efectos a partir del 20-3-2014, se aprueba la actualización de los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD y del ISD devengados durante el ejercicio 2014.
En la declaración correspondiente a 2013, cuyo plazo termina el 31 de marzo, hay que declarar no sólo los bienes y derechos de los que se era titular a 31-12-2013, sino también aquellos sobre los que haya cesado la titularidad a dicha fecha. No tienen obligación de presentar la declaración los que lo hicieron en 2012 y no han incrementado en más de 20.000 euros el límite conjunto establecido para cada bloque de información.
A efectos del ITP y AJD e ISD, se establecen los medios de comprobación aplicables para la determinación del valor de los bienes inmuebles de naturaleza urbana en Castilla- La Mancha.
Los gastos de urbanización de un terreno se contabilizan como mayor valor del activo, incluso cuando la empresa se hubiera instalado con anterioridad al momento en que se inicien las actuaciones, teniendo como límite máximo el importe recuperable del terreno. Respecto a la amortización de la parte activada de los costes como valor del terreno, si el coste de un terreno incluye los costes de desmantelamiento, traslado y rehabilitación, esa porción del coste del terreno se amortizará a lo largo del periodo en el que se obtengan beneficios.
A efectos de determinar cuando existe una actividad económica, el requisito de la existencia de empleado con contrato laboral y a jornada completa exigido en la LIRPF art.27.2 a la que se remite la normativa del IP, debe entenderse cumplido cuando el empleado haya sido contratado a jornada completa, con independencia de que de forma temporal pueda gozar del derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo.
Se aprueban los precios medios en el mercado de determinados inmuebles urbanos y rústicos radicados en la Región de Murcia para 2014 a efectos del ITP y AJD y del ISD.
A efectos de determinar cuando existe una actividad económica, el requisito de la existencia de empleado con contrato laboral y a jornada completa exigido en la LIRPF art.27.2 a la que se remite la normativa del IP, debe entenderse cumplido cuando el empleado haya sido contratado a jornada completa, con independencia de que de forma temporal pueda gozar del derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo.
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