La cobertura de las contingencias profesionales en el RETA pasa a ser obligatoria y debe llevarse a cabo con la misma entidad, gestora o colaboradora, con la que se haya formalizado la cobertura de la incapacidad temporal.
El RDL de medidas urgentes en materia laboral incrementa las cuantías de las bases mínimas de cotización en este régimen especial y modifica los tipos de cotización, así como algunos beneficios como la tarifa plana.
Se establece el cómputo de los periodos de cotización en contratos de corta duración a efectos de acreditar periodos mínimos de contización necesarios para causar derecho a determinadas prestaciones.
El RDL de medidas urgentes en materia laboral procede a incrementar las bases mínimas y máximas de este sistema especial, además de modificar el sistema de cálculo de la cotización durante los períodos de inactividad y de las reducciones en las aportaciones empresariales.
Aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.
Incluso en el caso de que las vacaciones superen el mínimo legal obligatorio de 30 días, no habiendo distinción legal entre diferentes tipos de vacaciones, cuando una IT coincide con las vacaciones fijadas obligatoriamente en un periodo concreto, Navidad en este caso, el trabajador tiene derecho a disfrutarlas tras el alta y durante el siguiente año natural.
Posibilidad de complemento de la prestación económica en la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones Públicas y organismos y entidades públicas dependientes de las mismas.