Si el crédito y la deuda tienen el mismo valor fiscal, el valor de mercado al que se produce la capitalización o condonación se corresponde con la obligación contractual del préstamo existente entre las partes afectadas, sin que deba tenerse en cuenta el posible deterioro contable que pudiera existir en el derecho de crédito.
Si el crédito y la deuda tienen el mismo valor fiscal, el valor de mercado al que se produce la capitalización o condonación se corresponde con la obligación contractual del préstamo existente entre las partes afectadas, sin que deba tenerse en cuenta el posible deterioro contable que pudiera existir en el derecho de crédito.
Gipuzkoa se adapta a la normativa estatal y regula expresamente en su Ley de lucha contra el fraude fiscal el alcance del límite de la responsabilidad del socio en la deuda tributaria de las personas jurídicas o entidades disueltas o liquidadas que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios, tanto en la sucesión de la deuda tributaria como de las sanciones, en su caso.
Áraba se adapta a la normativa estatal y regula expresamente en su Ley de lucha contra el fraude fiscal el alcance del límite de la responsabilidad del socio en la deuda tributaria de las personas jurídicas o entidades disueltas o liquidadas que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios, tanto en la sucesión de la deuda tributaria como de las sanciones, en su caso.
Declarado el concurso, y hasta su conclusión, se suspenden los procedimientos sobre responsabilidad de los administradores por incumplimiento de la obligación de convocar la junta cuando la sociedad está incursa en causa de disolución.
Forman parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual los gastos correspondientes a la segregación, disolución de condominio y distribución hipotecaria de una vivienda de la que se es copropietario, en proporción al porcentaje de titularidad en la vivienda que se ha segregado.
Forman parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual los gastos correspondientes a la segregación, disolución de condominio y distribución hipotecaria de una vivienda de la que se es copropietario, en proporción al porcentaje de titularidad en la vivienda que se ha segregado.