Bizkaia: modifición del DF IRPF en materia de Planes de ahorro a largo plazo
Se desarrollan las condiciones para la movilización íntegra de los derechos económicos de los Planes de ahorro a largo plazo
Se desarrollan las condiciones para la movilización íntegra de los derechos económicos de los Planes de ahorro a largo plazo
Se introducen modificaciones en la reducción de las rentas derivadas de la explotación de propiedad intelectual o industrial (patent box) y se suprime la reducción aplicable en la utilización de esa propiedad por la propia empresa titular en su actividad económica
Se añade una excepción a la prohibición de cesión de datos con transcendencia tributaria, y la obligación de información para las instituciones financieras en el ámbito de la asistencia mutua
El contribuyente debe imputar la renta total obtenida por la entidad no residente en territorio español, cuando ésta no dispone de la correspondiente organización de medios materiales y personales para su realización. No debe imputar esa renta si acredita que las operaciones se realizan con los medios materiales y personales existentes en una entidad no residente en territorio español perteneciente al mismo grupo o bien que su constitución y operativa responde a motivos económicos válidos.
Se adecúa el ITP y AJD en Bizkaia a la modificación operada por la L 44/2015, de sociedades laborales y participadas
Se realizan modificaciones en el capital mobiliario destacando la distribución de la prima de emisión correspondiente a valores no admitidos a negociación y la tributación de un seguro por incapacidad, cuando la beneficiaria es una entidad de crédito hipotecaria
Se establece qué rentas no se deben tener en cuenta dentro de la base imponible sobre la que se aplica la compensación tributaria por las dificultades inherentes a la dimensión de la microempresa y se incorpora una reducción de la base imponible por utilización de la propiedad intelectual o industrial de la propia empresa.
Se introducen modificaciones en la reducción de las rentas derivadas de la explotación de propiedad intelectual o industrial (patent box) y se suprime la reducción aplicable en la utilización de esa propiedad por la propia empresa titular en su actividad económica.
Se añade una excepción a la prohibición de cesión de datos con trascendencia tributaria, y la obligación de información para las instituciones financieras en el ámbito de la asistencia mutua
La transmisión de un terreno con pérdidas por una entidad dedicada a la promoción inmobiliaria, en los tres meses anteriores a la adquisición de todas sus participaciones, se considera actividad económica.
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