Deberes
Se tipifican de forma más precisa los deberes de diligencia y lealtad y los procedimientos que se deben seguir en caso de conflicto de interés.
Se tipifican de forma más precisa los deberes de diligencia y lealtad y los procedimientos que se deben seguir en caso de conflicto de interés.
Se amplía el alcance de la responsabilidad, más allá del resarcimiento del daño causado, incluyendo la devolución del enriquecimiento injusto, y se facilita la interposición de la acción social de responsabilidad al reducir la participación necesaria y permitiendo su interposición directa, en caso de infracción del deber de lealtad.
Se limita la exención de la indemnización por despido o cese del trabajador y se elimina la prevista para dividendos y participaciones en beneficios.
Entre otras novedades, se revisa la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo y se modifican los porcentajes de retención.
Se ha modificado la LIRPF, afectando, entre otras, a las siguientes cuestiones: tratamiento de la distribución de la prima de emisión de valores no admitidos a negociación en mercados regulados, reducción aplicable a los rendimientos con un período de generación superior a dos años o notoriamente irregulares, porcentajes de retención o ingreso a cuenta, PIAS, rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario y compensaciones fiscales.
Se eliminan los coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles y se limita la aplicación de los coeficientes de abatimiento.
Se revisa el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, reduciendo algunos límites cuantitativos y así como las actividades que pueden acogerse al mismo, limitándolas a aquellas que por su naturaleza se relacionen fundamentalmente con consumidores finales.
Desde el 1-1-2015, las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones se integran en la base imponible del ahorro con independencia de su período de generación.
A partir del 1-1-2015, se incrementan los porcentajes de deducción por donativos aplicable por las personas físicas. También se estimula la fidelización de las donaciones, realizadas tanto por personas físicas como por personas jurídicas, mediante incrementos adicionales de los porcentajes de deducción.
Con efectos desde el 1-1-2015, se incluyen nuevos supuestos de obligaciones de información.
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