Contabilización del gasto por impuesto sobre beneficios
Se desarrollan los criterios de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para contabilizar el impuesto sobre beneficios
Se desarrollan los criterios de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para contabilizar el impuesto sobre beneficios
A partir de 1-1-2016, se modifica la escala autonómica del impuesto y se suprime la deducción por primas de seguros privados de salud.
Desde el 31-12-2015, se aplica una nueva escala autonómica a la base liquidable general. En materia de deducciones, destaca la supresión de la deducción autonómica relativa a los gastos por primas de seguros individuales de salud y la recuperación de la deducción autonómica a favor de las personas con discapacidad, así como la aprobación de una nueva deducción relacionada con el fomento de la lengua catalana.
Con efectos a partir del 1-7-2016, se modifica la reducción variable que pueden aplicar en las adquisiciones mortis causa los descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
Desde el 1-1-2016, aunque con carácter general se mantiene la regulación, destaca la simplificación de algunos requisitos para aplicar las reducciones en adquisiciones inter vivos y mortis causa.
Entre las novedades previstas para el 2016, se ven incrementados los tipos generales de las modalidades TPO y AJD del impuesto y, en relación con los tipos reducidos de gravamen, aunque la mayoría se mantienen, algunos son eliminados y otros son reconfigurados, pasando a ser bonificaciones.
A partir del 1-1-2016, destaca la aplicación de nuevas deducciones en las modalidades de TPO y de AJD del impuesto.
Se modifica en Gipuzkoa el régimen de consolidación fiscal destacando la regulación de la entidad representante del grupo fiscal, el tratamiento aplicable en la determinación de la base imponible del grupo si se integran nuevas entidades que han aplicado correcciones al resultado contable y tienen pendientes de aplicar deducciones, incrementos de base imponible o inversiones pendientes de materialización y las previsiones en relación a los grupos en los que la dominante es no residente
Se modifica la reducción en la base imponible de las adquisiciones mortis causa e intervivos de una empresa individual, de un negocio profesional o de participaciones en entidades.
Se adecúa el ITP y AJD en Araba a la modificación operada por la L 44/2015, de sociedades laborales y participadas.
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