Exoneración de deudas en el marco del procedimiento concursal

Se modifican los efectos de la conclusión del concurso por liquidación o inexistencia de masa activa debido a la creación de un régimen de exoneración de deudas para los deudores persona natural de buena fe en determinadas circunstancias.

Mecanismo de segunda oportunidad

Se introducen, entre otras, modificaciones en la LCon como consecuencia del deseo del legislador de implementar medidas que permitan a las personas naturales exonerarles del pasivo no satisfecho en un procedimiento concursal.

Mecanismo de segunda oportunidad para el deudor persona natural

En los casos de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de la masa activa, el deudor persona natural podrá beneficiarse de la exoneración del pasivo insatisfecho siempre y cuando cumpla una serie de requisitos que le hacen merecedor de la calificación de deudor de buena fe. Además, se prevé la posibilidad de revocar dicho beneficio, entre otras razones, por la mejora sustancial de la situación económica del deudor.

Modificación de la base imponible en IVA

Registro contable de la modificación de la base imponible, en virtud de la emisión de una factura rectificativa.

Modificación de la base imponible en IVA

Registro contable de la modificación de la base imponible, en virtud de la emisión de una factura rectificativa.

Devolución del céntimo sanitario

La parte proveedora del combustible ha de modificar la base imponible, así como rectificar la repercusión del impuesto efectuada, de las ventas de combustibles sujetas al IVMDH cuyo importe hubiera formado parte de la base imponible de las mismas. Por su parte, la entidad adquirente del combustible ha de rectificar las deducciones practicadas.

Deducción por inversiones

Entre las modificaciones destaca la derogación de gran parte de las deducciones, así como la creación de dos nuevas deducciones relacionadas con las producciones cinematográficas y las artes escénicas.

Modificación de la base imponible por alteración del precio por resolución judicial.

Si un órgano jurisdiccional determina el precio final de una operación rebajándolo respecto al inicial, procede modificar la base imponible y rectificar la factura y la repercusión realizada en el plazo de cuatro años desde que la resolución judicial adquiere firmeza.

Modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del IVA en Navarra

Se aprueba un nuevo modelo 309 de declaración-liquidación no periódica de IVA que incluye el contenido de la declaración-liquidación modelo 319 Adquisición intracomunitaria de medios de transporte nuevos. Declaración-liquidación no periódica, derogándose el modelo 319 así como la carta de pago 725