Rectificación de la liquidación del IIVTNU y solicitud de devolución de ingresos indebidos (RF 39/23 26 de Septiembre de 2023 al 02 de Octubre de 2023)

El obligado al pago del IIVTNU en virtud de pacto o contrato con el sujeto pasivo del tributo, se encuentra legitimado para instar la rectificación de la autoliquidación tributaria y la devolución del eventual ingreso indebido derivado de aquélla.

Solicitud de devolución de ingresos indebidos dentro del plazo de prescripción (RF 09/21 02 de Marzo de 2021 al 08 de Marzo de 2021)

Desestimada en vía administrativa una solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos, el obligado tributario puede, siempre dentro del plazo de prescripción, instar una segunda solicitud fundada en hechos sobrevenidos diferentes de los invocados en la primera solicitud.

Gestión del IIVTNU (RF 47/20 17 de Noviembre de 2020 al 23 de Noviembre de 2020)

La DGT analiza en su integridad los dos sistemas de gestión del impuesto: desde su presentación hasta la posibilidad de recurrir o solicitar su rectificación.

Solicitud de devolución de ingresos indebidos derivados de una resolución firme del IIVTN (RF 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

La solicitud de devolución de ingresos indebidos derivados de liquidaciones del IIVTNU firmes como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del TCo 59/2017, debe efectuarse a través de los procedimientos especiales de revisión previstos en la LGT. La declaración de inconstitucionalidad de la LHL art.107.1 y 107.2 a no determina que las liquidaciones firmes del IIVTNU giradas con anterioridad y que hayan ganado firmeza en vía administrativa incurran en el supuesto de nulidad de pleno derecho previsto en la LGT art.217.1.a), al no haber lesionado derechos fundamentales susceptibles de amparo constitucional.

Prueba de la inexistencia de plusvalía en la transmisión a efectos del IIVTNU

A efectos de determinar si existe o no un incremento de valor en la transmisión del inmueble, no se puede añadir al valor del bien que consta en la escritura de adquisición y aceptación de herencia, las cuotas devengadas entonces por el ISD y por el IIVTNU.

Prueba de la minusvalía patrimonial exluyente del hecho imponible del IIVTNU

Se admite como prueba de la minusvalía patrimonial la valoración certificada por una sociedad de tasación homologada por el Banco de España.

Incidencia de la declaración de inconstitucionalidad de ciertos preceptos de la LHL relativos al IIVTNU

El Tribunal Supremo muestra su disconformidad con las sentencias de Tribunales Superiores de Justicia que anulaban sistemáticamente las liquidaciones dictadas en relación con el Impuesto, con independencia de que las mismas se hubieran practicado sobre la base de situaciones expresivas o inexpresivas de capacidad económica.

Inexistencia de incremento de valor en las transmisiones a efectos del IIVTNU

No cabe desdeñar a priori todo valor de prueba, aun indiciaria, a los precios recogidos en las escrituras públicas de adquisición y transmisión. Tampoco resulta procedente atribuir al interesado la carga de probar la pérdida patrimonial por medios distintos al de la exhibición de las escrituras públicas, ni exigir una prueba pericial para acreditar que se ha experimentado la minusvalía que sitúa a la transmisión efectuada fuera del ámbito objetivo de la aplicación del tributo.

Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

La nulidad e inconstitucionalidad de LHL art.107.1 y 107.2. a) se aplica a los supuestos en que se someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor y, por ello, situaciones inexpresivas de capacidad económica.

Interpretación del Tribunal Supremo respecto a los preceptos del IIVTNU declarados inconstitucionales.

El Tribunal Supremo ha interpretado el alcance de la sentencia que declaraba la incontitucionalidad de ciertas preceptos de la LHL, concluyendo que con la misma se declara la inconstitucionalidad parcial de los preceptos relativos al cálculo de la base imponible, y la inconstitucionalidad total del precepto que prohibía a los sujetos pasivos probar la inexistencia de incrementos de valor en las transmisiones de terrenos.