Se modifican ciertas exenciones en el IGIC, se introduce una nueva relativa a servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y de noche y atención residencial, y se introducen cambios en relación con las entidades o establecimientos de carácter social.
Las modificaciones introducidas en el RIRPF detallan, con efectos a partir del 23-12-2018, la forma de cálculo del incremento de la deducción por maternidad, especificando los meses a computar a tal efecto y cómo se calculan los límites para su aplicación. Asimismo se concreta el contenido de la declaración informativa a presentar por las guarderías o centros de educación infantil autorizados para facilitar su control e incorporación a los sistemas de asistencia al contribuyente.
La exención a favor de inmuebles directamente afectos a servicios educativos no es aplicable a un hospital universitario en el que se imparten servicios de enseñanza en cumplimiento de diversos conciertos celebrados con una universidad, simultáneamente a los servicios hospitalarios.
Con efectos 7-11-2018 se introducen novedades relativas a la base sobre la que se aplica, los elementos aptos para la materialización de la RIC, su mantenimiento y la incompatiblidad con otros incentivos fiscales.