En Gipuzkoa se han aprobado los modelos, plazos y formas de presentación de las autoliquidaciones del IRPF y del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas dell período impositivo 2013.
Se ha procedido a la adaptación de la normativa del IVA en Bizkaia a las modificaciones introducidas en la LIVA por la LPGE para 2014 y en el RDL 1/2014.
La valoración realizada por una Administración autonómica en el ITP y AJD puede trascender y vincular a efectos del IS cuando la normativa de ambos impuestos establecen la misma valoración, ya que se trata de dos impuestos estatales, y la Comunidad Autónoma actúa como delegada para la gestión, inspección y valoración del tributo cedido.
La valoración realizada por una Administración tributaria de una Comunidad Autónoma, en un impuesto estatal (ITP y AJD), cuya gestión se le ha cedido, puede trascender y vincular a efectos de otro impuesto estatal (IS), gestionado por la AEAT, cuando la normativa de ambos impuestos establecen la misma valoración (por ejemplo valor real), dado que la Comunidad Autónoma actúa como delegada para la gestión, inspección y valoración del tributo cedido.
Se regula la utilización del sistema de firma electrónica no avanzada con clave de acceso en un registro previo (PIN24H) para el pago de deudas por el procedimiento de cargo en cuenta a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
El TEAC modifica su criterio estableciendo la sujeción al Impuesto, como pagos anticipados, de las aportaciones dinerarias a una cooperativa efectuadas por cooperativistas personas físicas para la construcción de un aparcamiento en régimen de concesión administrativa para cederlo a los cooperativistas.
Con el fin de facilitar a las corporaciones locales el cumplimiento de la obligación de suministrar información relativa al esfuerzo fiscal, la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local ha regulado en términos similares a los de ejercicios anteriores, la información básica y complementaria que deben suministrar.