Se limita el porcentaje máximo de reducción de jornada en la jubilación parcial y se obliga a una duración mínima del contrato de relevo cuando este tiene carácter indefinido obligatorio.
Los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas pueden acogerse a la jubilación parcial cuando cumplan con los requisitos necesarios y la cooperativa contrate un relevista.
La aportación económica al Tesoro Público que deben realizar las empresas que procedan a efectuar despidos colectivos se modifica a partir del 1-1-2013 en cuanto al ámbito de empresas y trabajadores afectados, determinación de dicho importe. Igualmente, se desarrollan aspectos referidos a la información previa como la certificación que deben presentar las empresas a la autoridad laboral, o a la resolución del procedimiento liquidador.
Desde el 17-3-2013 se modifican algunos de los requisitos exigidos por la Ley 27/2011 para jubilarse parcialmente cuya aplicación estaba suspendida hasta el 31-3-2013. Los cambios afectan tanto para los que pretendan jubilarse parcialmente a la edad ordinaria (sin contrato de relevo), dónde la novedad estriba en que la reducción de jornada máxima es del 50% (antes el 75%); como de forma anticipada. Los cambios en los requisitos en la jubilación parcial anticipada aluden principalmente a la elevación de la edad mínima de jubilación parcial anticipada y a los porcentajes de reducción de jornada del jubilado parcial que sólo pueden alcanzar el 50% y sólo excepcionalmente el 75% con un contrato de relevo de duración indefinida y a jornada completa que ha de mantenerse al menos dos años vigente. Si la duración fuera inferior el empresario ha de proceder a celebrar un nuevo contrato de relevo en los mismos términos so pena de tener la responsabilidad de reintegrar la pensión de jubilación parcial satisfecha.
Se exceptúa la aplicación de algunas de las disposiciones establecidas para la jubilación parcial de trabajadores del RGSS respecto de los trabajadores del régimen transitorio establecido en el Régimen Especial de trabajadores del mar.
Vulnera el derecho de libertad sindical la exclusión fraudulenta de un sindicato en la negociación para sustituir un acuerdo de empresa complementario del convenio colectivo estatutario vigente
Vulnera el derecho de libertad sindical la exclusión fraudulenta de un sindicato en la negociación para sustituir un acuerdo de empresa complementario del convenio colectivo estatutario vigente
El ICAC ha aprobado una resolución desarrollando contablemente los criterios de registro y valoración correspondientes al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias.
Se aprueba el nuevo Impuesto sobre el Patrimonio en este territorio, dado que la anterior Norma Foral que regulaba esta materia fue aprobada con efectos solamente para 2011 y 2012.
El ICAC ha aprobado una resolución desarrollando contablemente los criterios de registro y valoración correspondientes al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias.