Resulta necesaria la aportación de la certificación emitida por las entidades domiciliadas, residentes o representadas en España, que paguen por cuenta ajena rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o que sean depositarias o gestionen el cobro de las rentas de valores para que una entidad no residente acredite las retenciones soportadas. En paralelo, también se obliga a las primeras entidades a presentar la declaración anual de retenciones.
Agilizar las relaciones jurídico-tributarias y la lucha contra el fraude fiscal son algunas de las causas que han motivado la modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y del Reglamento que regula las obligaciones de facturación.
Se considera que en el caso de un patrono de una fundación que, a su vez, es vocal del consejo de administración de una mercantil participada íntegramente por la primera, se cumple el requisito de ser administrador representante, por lo que dicho cargo debe ser también gratuito para que la fundación pueda acogerse al régimen especial de las entidades sin fines lucrativos.
El cómputo de las donaciones satisfechas por la entidad, dentro del límite fijado para el cálculo de la base de la deducción del 15%, resulta incompatible con los beneficios fiscales contenidos en la L 49/2002
Se aprueba el modelo 203 de pago fraccionado a cuenta del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Gipuzkoa, y el modelo 223 para los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2017.
Nulidad de actuaciones contra el auto por el que se inadmitió el recurso para unificación de doctrina interpuesto por una abogada que alegó indefensión al haber sido notificada por LexNet cuando había designado el domicilio de una procuradora a efectos de notificaciones tal y como prevé la norma procesal vigente. El juego combinado de la norma procesal aplicable y la normativa LexNet exige interpretar que cuando la LRJS se refiere a la designación de un domicilio a efecto de notificaciones en Madrid, está hoy en realidad aludiendo a la posibilidad de designación de otro buzón virtual LexNet (de otro letrado o un procurador no necesariamente residentes en Madrid). Es inválida la designación del domicilio de un particular y en tal supuesto el órgano jurisdiccional debe comunicar al letrado tal imposibilidad y seguir notificándole a él vía LexNet.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2017 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.