Se modifica el IVA en Araba
Se modifica el IVA en Araba para adaptarlo a las modificaciones introducidas a nivel estatal.
Se modifica el IVA en Araba para adaptarlo a las modificaciones introducidas a nivel estatal.
Se aprueba el modelo 368 que se debe utilizar para los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y los prestados por vía electrónica en el IVA.
Se amplía hasta el 31-3-2015 el plazo de presentación de las solicitudes de abono anticipado de las deducciones por familia numerosa, ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo cuyo derecho se haya generado en los meses de enero, febrero y/o marzo de 2015, pudiendo obtener el pago anticipado de dichas deducciones siempre que se cumplan los requisitos y condiciones para el derecho a su aplicación.
Se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2015.
Desde el 1-1-2015, se extiende a nuevos contribuyentes el ámbito de aplicación de las anteriores deducciones.
Desde el 1-1-2015, se extiende a nuevos contribuyentes el ámbito de aplicación de la minoración de la cuota diferencial de hasta 1.200 €/año.
Se modifica la Ley de este Impuesto en Bizkaia para adaptarlo a las modificaciones introducidas a nivel estatal por la L 28/2014.
El tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo no es incompatible con el régimen fiscal especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, pudiendo ser aplicado por estas últimas, siempre que reúnan los requisitos exigidos en términos de cifra de negocios y plantilla media.
El tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo no es incompatible con el régimen fiscal especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, pudiendo ser aplicado por estas últimas, siempre que reúnan los requisitos exigidos en términos de cifra de negocios y plantilla media.
El tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo no es incompatible con el régimen fiscal especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, pudiendo ser aplicado por estas últimas, siempre que reúnan los requisitos exigidos en términos de cifra de negocios y plantilla media.
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