Gestión directa por expropiación. Aragón
Supuestos en que procede la gestión directa por expropiación y novedades en materia de prohibición de construcciones y pago del justiprecio.
Supuestos en que procede la gestión directa por expropiación y novedades en materia de prohibición de construcciones y pago del justiprecio.
Novedades relativas al régimen jurídico de la reparcelación.
Novedades relativas al sistema de gestión indirecta por compensación.
Estudio de la revisión y modificación del planeamiento según las novedades introducidas por L Aragón 4/2013
Innovaciones en materia de ejecutividad, vigencia y edificaciones fuera de ordenación.
En el año 2013, los descendientes o adoptados, cónyuges, ascendientes o adoptantes pueden aplicar una bonificación del 33% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones mortis causa y de cantidades percibidas por beneficiarios de seguros sobre la vida, con el objetivo de avanzar progresivamente hasta alcanzar el 100% en el año 2015.
Entre las modificaciones se destacan los beneficios fiscales para los afectados por las inundaciones acaecidas durante el mes de octubre de 2012 en varias localidades de Aragón.
También se establecen unos beneficios fiscales del 100% en el concepto de TPO en las operaciones de adjudicación de la vivienda habitual al deudor hipotecario como dación en pago de la misma cuando, vinculada a dicha operación, se formalice por las partes la constitución y posterior ejecución de una opción de compra documentada en un contrato de arrendamiento de carácter social que facilite en el futuro la restitución de aquella vivienda al comprador particular en origen.
Entre las novedades en las deducciones autonómicas del IRPF en Aragón, vigentes desde el 1-1-2013, cabe destacar la aprobación de unas nuevas deducciones por adquisición de libros de texto, por arrendamiento de vivienda habitual y por arrendamiento de vivienda social.
Entre las modificaciones se destacan los beneficios fiscales para los afectados por las inundaciones acaecidas durante el mes de octubre de 2012 en varias localidades de Aragón; así, podrán disfrutar de tipos reducidos de gravamen, tanto por el concepto de TPO como por el de AJD, aquellos actos, operaciones y documentos públicos dirigidos a la adquisición, financiación, rehabilitación o reparación de las viviendas habituales y locales comerciales total o parcialmente destruidos por el siniestro climatológico.
También se establecen unos beneficios fiscales del 100% en el concepto de TPO en las operaciones de adjudicación de la vivienda habitual al deudor hipotecario como dación en pago de la misma cuando, vinculada a dicha operación, se formalice por las partes la constitución y posterior ejecución de una opción de compra documentada en un contrato de arrendamiento de carácter social que facilite en el futuro la restitución de aquella vivienda al comprador particular en origen
Al haberse aprobado en el ámbito estatal la supresión del IVMDH y su integración en el Impuesto sobre Hidrocarburos desde el 1-1-2013. diversas Comunidades Autónomas han modificado su normativa con el fin de adaptarla a la normativa estatal.
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