Derecho fiscal es una rama del Derecho público que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas relacionadas con la consecución del bien común.
Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los Impuestos directos, otro a los Impuestos indirectos, otro a los Impuestos y recargos no estatales, las tasas y los tributos sobre el juego. En otro lugar estaría el procedimiento contencioso, las obligaciones formales y por último las entidades sin fines lucrativos y mecenazgo.
Por otro lado es importante mantener un control de compliance tributario en las empresas y por ello las asesorías y consultorías juegan un papel fundamental en esta labor.
Además hay que tener en cuenta la regulación que propone el TJUE en la fiscalidad de los países de la UE por ejemplo para evitar prácticas abusivas en materia de IVA
El ICAC ha desarrollado, con efectos para las cuentas anuales de ejercicios iniciados a partir del 1-1-2015, los criterios sobre contabilización del gasto por impuesto sobre beneficios tanto de cuentas individuales como de cuentas consolidadas.
El Tribunal Supremo dicta sentencia desestimando la casación para unificación de doctrina confirmando la sentencia de instancia que consideraba no deducible el IVA soportado por el Ayuntamiento recurrente como consecuencia de la prestación por una sociedad privada X de los servicios de recogida de residuos y limpieza viaria, dado que no se afectan a operaciones sujetas al impuesto.
En el ejercicio del derecho de tanteo por el propio arrendatatio, el valor del inmueble que se adquiere viene determinado a efectos del ITP y AJD, con carácter general, por el valor real de dicho bien.
Cuando la vivienda habitual del causante es adquirida por varios coherederos, el requisito de permanencia exigido a efectos de la aplicación de la reducción del ISD se ha de cumplir por todos ellos, ya que en caso contrario se produciría la pérdida de tal beneficio fiscal.
Cuando la vivienda habitual del causante es adquirida por varios coherederos, el requisito de permanencia exigido a efectos de la aplicación de la reducción del ISD se ha de cumplir por todos ellos, ya que en caso contrario se produciría la pérdida de tal beneficio fiscal.
Cabe aceptar como fecha en que se efectuó la reinversión la fecha de celebración del contrato privado de compraventa, cuando además se prueba, por otros medios (como un certificado de la empresa de mudanzas del traslado de los muebles a la vivienda el día siguiente a la celebración del contrato, y una declaración legitimada notarialmente del vendedor de la finca en la que se constata que junto con la celebración del contrato privado le entregó las llaves de la finca, para poder trasladar sus muebles y enseres) que dicha transmisión tuvo lugar efectivamente en la fecha señalada.
Se modifica en Gipuzkoa el régimen de consolidación fiscal destacando la regulación de la entidad representante del grupo fiscal, el tratamiento aplicable en la determinación de la base imponible del grupo si se integran nuevas entidades que han aplicado correcciones al resultado contable y tienen pendientes de aplicar deducciones, incrementos de base imponible o inversiones pendientes de materialización y las previsiones en relación a los grupos en los que la dominante es no residente