Plan especial de inversión de beneficios para PYMES

Los planes especiales de inversión pueden ser presentados cuando quede probado que la inversión ha de ser realizada en un plazo superior al previsto.

Modificación de los modelos 303, 340 y 349 del IVA

Se introducen diversas modificaciones en los modelos 303, 340 y 349.

Régimen especial del criterio de caja del IVA: Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el régimen especial del criterio de caja del IVA (RECC).

Novedades fiscales en el IS en los ejercicios 2014 y 2015

Para los períodos impositivos iniciados en 2014 y 2015 se prorrogan gran parte de las medidas fiscales introducidas en el IS de manera transitoria para reducir el déficit público.

Información de naturaleza tributaria a facilitar a inversores en IIC

Con efectos desde el 1-1-2014, se regula la información adicional de naturaleza tributaria que las sociedades gestoras y comercializadoras deben facilitar a determinados inversores en IIC, en relación con los fondos de inversión y las instituciones de inversión colectiva extranjeras.

Aplicación de las reglas de inversión del sujeto pasivo

Mediante la introducción de un nuevo artículo 24 quater en el RIVA se dictan normas relativas a las comunicaciones para la aplicación de las reglas de inversión del sujeto pasivo.

Aplicación de las reglas de inversión del sujeto pasivo

Mediante la introducción de un nuevo artículo 24 quater en el RIVA se dictan normas relativas a las comunicaciones para la aplicación de las reglas de inversión del sujeto pasivo.

Cumplimentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas

Con efectos desde el 1-1-2014, debe consignarse, en su caso, el NIF/IVA atribuido al empresario o profesional con el que se efectúe la operación, y se amplían las operaciones que deben declararse por separado respecto a las operaciones que se realicen entre las mismas partes.

Nueva deducción por inversión de beneficios para las PYMES

Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2013, las entidades que cumplan los requisitos para ser consideradas empresas de reducida dimensión (LIS art.108 redacc RDL 14/2010) y tributen de acuerdo con la escala de gravamen para ellas establecida (LIS art.114 redacc RDL 13/2010), pueden deducir de la cuota íntegra el 10% de los beneficios del ejercicio, sin incluir la contabilización del IS, que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas. La deducción es del 5% para las entidades que tributen conforme a la escala de gravamen reducida por mantenimiento o creación de empleo (LIS disp.adic.12ª redacc L 16/2012).

Nueva deducción por inversión de beneficios para las PYMES

Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2013, las entidades que cumplan los requisitos para ser consideradas empresas de reducida dimensión (LIS art.108 redacc RDL 14/2010) y tributen de acuerdo con la escala de gravamen para ellas establecida (LIS art.114 redacc RDL 13/2010), pueden deducir de la cuota íntegra el 10% de los beneficios del ejercicio, sin incluir la contabilización del IS, que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas. La deducción es del 5% para las entidades que tributen conforme a la escala de gravamen reducida por mantenimiento o creación de empleo (LIS disp.adic.12ª redacc L 16/2012).