Araba: modelos de declaración del IS en Araba y Gipuzkoa

Se aprueban en Araba y Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en dichos territorios forales para el período impositivo 2014.

Grupos fiscales

Entre las novedades destaca la incorporación de entidades indirectamente participadas a través de otras que no forman parte del grupo, la exigencia de que se posea la mayoría de los derechos de voto de las entidades, y la aplicación de cualquier requisito o calificación referida al grupo como una única entidad.

Sociedades participadas mayoritariamente por personas vinculadas con relación de parentesco

Las sociedades que formen parte de un grupo de personas con un vínculo familiar que poseen la mayoría de los derechos de voto de las mismas constituyen grupos sometidos a una unidad de decisión.

Compraventa de inmovilizado entre empresas del grupo

La entidad que debe reflejar en sus cuentas anuales individuales el gasto por impuesto sobre beneficios y el correspondiente pasivo por impuesto diferido que se pone de manifiesto en la operación es la empresa que haya contabilizado el beneficio. No obstante, cada sociedad del grupo debe incluir en la memoria de las cuentas anuales, las diferencias permanentes y temporarias surgidas como consecuencia de la aplicación del régimen de consolidación fiscal, señalando para las temporarias el ejercicio en que se originaron y el momento en que se produce su reversión.

Subrogación gratuita en posición deudora entre sociedades de un grupo fiscal

La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.

Subrogación gratuita en posición deudora entre sociedades de un grupo fiscal

La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.

Aportación no dineraria entre empresas del grupo de un negocio en el extranjero

En las aportaciones no dinerarias de negocios cuando la sociedad adquirente y la transmitente, o el propio negocio aportado, tienen la calificación de empresa del grupo, el negocio recibido deber registrarse por el valor contable que tuviera en las cuentas anuales consolidadas elaboradas según las NOFCAC en la fecha en la que se realiza la operación. Si estas no se formulasen, se toman los valores que tuviera el negocio en las cuentas anuales individuales de la sociedad aportante.

Inversiones en entidades del grupo que dejan de formar parte del perímetro de consolidación contable

Cuando se pierde el control o influencia significativa en otra entidad, la inversión se valora como un instrumento financiero, utilizando como valor el coste consolidado, y empleando como contrapartida la parte proporcional de los ajustes por cambios de valor pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias.

Aportación no dineraria y posterior operación de fusión entre empresas de un grupo

Tratamiento contable de una fusión entre dos sociedades del grupo que constituyen un negocio, precedida de una aportación no dineraria de la sociedad dominante.